REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 13 de Junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-007638
ASUNTO: RP11-P-2012-007638
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
PLAZO PARA QUE EL FISCAL PRESENTE SU ACTO CONCLUSIVO
En el día 11 de Junio de 2013, se constituyó en sala de audiencias 04, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, presidido por la Jueza Abg. Ysmenia Fernández Hernández, acompañada por la Secretaria Judicial de la sala, Abg. Jennys Mata Hidalgo y el alguacil de sala Rigoberto Millán, a los fines de llevar a objeto la Audiencia Especial, de conformidad con el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente asunto seguido a los imputados DIANA CAROLINA SANCHEZ MARCANO MINERVA DEL VALLE BELLORIN SALAZAR, LISBEIDYS MARIA PLAZA RIVERA, EMMA EMILIA RUIZ MONTAÑO, por la presunta comisión del delito de LESIONES GENERICAS, en perjuicio de CEIDA DEL CARMEN SUNIAGA. A tales efectos, se verificó la presencia de las partes y se deja constancia que a la hora pautada para la realización del acto se encuentra presente la ciudadana Enma Montaño y la Fiscal Primera del Ministerio Público Abg. María José Jaramillo y el Defensor Público Abg. Jesús Mayz. NO estando presentes: las victimas Ceida del Carmen Suniaga, las imputadas Diana Sánchez, Minerva Bellorín, y Maria Plaza. Habiendo transcurrido un lapso de espera, se deja constancia que no comparecieron las partes antes mencionadas.
EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Acto seguido solicita la palabra al Defensor Público y expone: Por cuanto este Tribunal en fecha 13-10-2012 le otorgó una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a mi representado con presentaciones cada 30 días por el lapso de 06 meses, la cual cumplieron a cabalidad, es por lo que solicito a este Tribunal le acuerde un lapso prudencial al Fiscal del Ministerio Público, a los fines que presente su acto conclusivo.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente se le otorga la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: solicito al Tribunal me acuerde el máximo de ley para presentar el acto conclusivo que a bien considere esta representación fiscal. Es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra el Juez y Expone: Oído lo solicitado por el Defensor Público, y por la representación fiscal; este tribunal Cuarto de Control, acuerda otorgarle un lapso de 45 días contados a partir de la presente fecha, para que el Fiscal del Ministerio Público presente su respectivo acto conclusivo, en el presente asunto seguido a los imputados DIANA CAROLINA SANCHEZ MARCANO, MINERVA DEL VALLE BELLORIN SALAZAR, LISBEIDYS MARIA PLAZA RIVERA, EMMA EMILIA RUIZ MONTAÑO, por la presunta comisión del delito de LESIONES GENERICAS, en perjuicio de la Ciudadana: CEIDA DEL CARMEN SUNIAGA, de conformidad con el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, remitiendo el presente asunto a los fines que presente su respectivo acto conclusivo. Quedan notificados los presentes en sala con la firma y lectura de la presente acta de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó, y conformes firman.
La Jueza Cuarta de Control
Abg. Ysmenia Fernández H
La Secretaria Judicial
Abg. Onelia Diaz
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