REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 11 de Junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2010-000985
ASUNTO: RP11-P-2010-000985
REMITIENDO LAS ACTUACIONES A LA FISCALIA
En el día de hoy, 11 de Junio de 2013, se constituyó en la Sala de Audiencias N° 04, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control, presidido por la Juez, Abg. Ysmenia S. Fernández H, acompañada por la Secretaria Judicial Abg. Jennys Mata Hidalgo y el alguacil de sala Rigoberto Millán, a los fines de llevar acabo la celebración de la Audiencia Especial, a los fines de RATIFICAR las medidas de seguridad y protección emitidas por el órgano receptor, en el presente asunto seguido al imputado VICTOR JOSE CARRERA ARISMENDI, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los Articulos 39, 41 y 42, de la mencionada ley especial; en perjuicio de la ciudadana MARIELA DEL CARMEN LAREZ. A tales efectos, se verificó la presencia de las partes, por medio del Alguacil, se deja constancia se encuentra presente: El Fiscal Segundo del Ministerio Publico Abg. Raúl Paredes y el Defensor Público Abg. Wilmal Zapata, en sustitución de la Abg. Annia Núñez. No compareciendo la Victima Mariela Larez, ni el imputado Víctor José Carrera Arismendi, Se deja constancia que se deja transcurrir un lapso de diez (10) minutos no compareciendo las partes ausentes.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente solicita la palabra el Fiscal del Ministerio Público y expone: revisado como ha sido el presente asunto, se observa que el mismo data del año 2010, siendo la solicitud de Ratificación de Medidas de Protección y Seguridad; es por lo que solicito al Tribunal sea remitido al Despacho Fiscal al cual represento, el presente asunto; a los fines de presentar el respectivo acto conclusivo que a bien considere. Es todo.
EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente se le otorga la palabra al Defensor Público, quien expone: no me opongo a lo solicitado por el Fiscal del Ministerio Público. Es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra la Jueza y expone: oído lo solicitado por el Fiscal segundo del Ministerio Público y de la defensa publica, este Tribunal acuerda Remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, en el asunto seguido al Imputado: VICTOR JOSE CARRERA ARISMENDI, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los Articulos 39, 41 y 42, de la mencionada ley especial; en perjuicio de la ciudadana MARIELA DEL CARMEN LAREZ, a los fines que continué con las averiguaciones y presente su respectivo acto conclusivo correspondiente. Quedan notificados los presentes con la fiema del acta, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó, y conformes firman.
La Juez Cuarto de Control
Abg. Ysmenia S. Fernández H.
La Secretaria Judicial
Abg. Jennys Mata Hidalgo
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