REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN,
EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.


Cumaná, 22 de julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO Nº: JMS1-6536-13
PARTE ACTORA: WILMARIS JOSEFINA ROSAS ROJAS
PARTE DEMANDADA: RICHARD ALEXANDER UGAS ROMERO
BENEFICIARIO: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de documento (URDD) de este Circuito Judicial escrito de Demanda por Obligación de Manutención. Désele entrada y anótese en los libros correspondientes. Revisada la presente demanda y los recaudos que la acompañan presentada en fecha Cuatro (04) de abril del año dos mil trece (2013), incoada por la ciudadana WILMARIS JOSEFINA ROSAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.924.149, domiciliada en la Población de Cariaco, Sector Campota, Casa S/Nº, vía Nacional, Municipio Ribero del Estado Sucre; contra el ciudadano RICHARD ALEXANDER UGAS ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.393.998, domiciliado en la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre, ubicada en la Avenida Fernández de Zerpa, Cumaná, Estado Sucre, a favor de su hijo de autos.

En fecha Cinco (05) de junio de 2013, se fijó la celebración de la audiencia de la fase de de mediación de la audiencia preliminar para el día 19/06/2013, siendo que la misma no se pudo llevar a afecto en virtud de que la ciudadana Jueza de este Despacho Judicial se encontraba de reposo medico, por lo que en fecha 01/07/2013 se reprogramó dicha audiencia para el día Veintidós (22) de julio de dos mil trece (2013).

Ahora bien siendo el día y la hora establecida para la celebración de la Audiencia de la Fase de Mediación de la Audiencia preliminar, se dejó constancia de la NO comparecencia de las partes, ciudadanos WILMARIS JOSEFINA ROSAS ROJAS y RICHARD ALEXANDER UGAS ROMERO, declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se Termina el proceso y se procede a dictar Sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se DESESTIMA el presente procedimiento.

Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.

La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.

Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZA

DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.

LA SECRETARIA

La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 11:00 m.


LA SECRETARIA


MEGL