En horas de Despacho del día de hoy, Veintinueve de Julio de Dos Mil Trece, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de Reconocimiento en contenido y firma del documento privado anexo a la solicitud que encabeza estas actuaciones, se anunció el acto en la forma de ley, y se deja constancia que habiendo transcurrido las horas de Despacho, no compareció la Reconocedora, ciudadana SARA DEL VALLE GOMEZ SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.908.061, ampliamente identificada en autos, por lo que de conformidad con lo establecido en el Primer Aparte del Artículo 631 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1364 del Código Civil, se tiene dicho documento como Legalmente Reconocido y se le da Fuerza Ejecutiva al instrumento privado acompañado. Asimismo se ordena devolver a la solicitante original con sus resultas las presentes actuaciones, conforme a lo pedido y acordado en conformidad, dejándose constancia de todo lo actuado en el Libro Diario, y copia certificada para su archivo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA.
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRIT0
ZAL/ama.-
Solicitud Nª 066-13.-
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