REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05

Carúpano, 17 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004112
ASUNTO: RP11-P-2007-004112


Celebrado como ha sido el día 04 de Julio de 2013, la Audiencia Especial en virtud de la solicitud de entrega plena de vehículo realizada en la causa penal N° RP11-P-2007-004112, realizada por la ciudadana ANAIS GUZMAN ROSAL. Acto seguido, se verificó la presencia de las partes con el auxilio del Alguacil se sala, y se constató la presencia de las partes encontrándose presente: la Fiscal Primera Auxiliar del Ministerio Público Abg. María José Jaramillo, la solicitante Anais Guzmán Rosal y su abogado asistente Luís Acosta.


DEL ABOGADO ASISTENTE

“ratifico el escrito presentado por ante este Tribunal en fecha 06 de Junio de 2103, donde solicito se le haga la entrega plena del vehiculo propiedad de mi representada con las siguientes características MARCA: FIAT, MODELO: UNO MIO, 1.3, AÑO: 1996, COLOR: BLANCO, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR: SERIAL DE CARROCERIA: ZFA1460000V019403, SERIAL DEL MOTOR: 4523603, PLACA: DAG-82C, ya que el mismo fue entregado sólo en guarda y custodia, ello tomando en consideración el tiempo desde que el mismo fue entregado bajo dicha modalidad, toda vez que mi representada no puede disponer del mismo, es todo.





DEL SOLICITANTE

Solicito se me entregue mí vehiculo de manera plena a los fines de poder disponer del mismo, es todo.


DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

Esta representación Fiscal se opone a la solicitud de entrega plena, realizada por la ciudadana Anais Guzmán Rosal, toda vez se mantienen las circunstancias que motivaron a que el mismo se entregara bajo guarda y custodia, es decir chapa identificativa del serial de carrocería, se encuentra suplantada, motivo por el cual esta Representación Fiscal se opone a la entrega de dicho Vehiculo, asimismo consigno en este acto copias de las actuaciones que reposan en el despacho Fiscal, tales como experticia del vehículo y copia del acta donde el Tribunal ordenó la entrega en guardia y custodia, es todo.

RESOLUCION DEL TRIBUNAL


“Visto que en fecha 30-01-2009 este Juzgado acordó la entrega bajo la figura de guarda y custodia del vehículo solicitado por la ciudadana Anais Guzmán Rosal. En este estado, este Tribunal Observa que cursa en autos negativa de entrega de vehículo en virtud de que del resultado de la experticia realizada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas se desprende que la chapa identificativa del serial de carrocería se encuentra suplantada, estando los demás seriales en estado original, circunstancias éstas que no han variado, es decir son las mismas que sirvieron a este Tribunal para realizar la entrega del vehículo en guarda y custodia, este Tribunal NIEGA la solicitud realizada por la ciudadana ANAIS GUZMAN ROSAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.879.240, del vehículo MARCA: FIAT, MODELO: UNO MIO, 1.3, AÑO: 1996, COLOR: BLANCO, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR: SERIAL DE CARROCERIA: ZFA1460000V019403, SERIAL DEL MOTOR: 4523603, PLACA: DAG-82C. Quedan las partes presentes debidamente notificadas en sala con la lectura y firma de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.-
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL.

ABG. OLGA STINCONE ROSA VELÁSQUEZ





LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. LAIMALIA MOYA