REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITOJUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSIÒN CARÙPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1
Carúpano, 11 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-000633
ASUNTO: RP11-P-2013-000633

SOBRESEIMIENTO

Celebrada como ha sido, la audiencia realizada en fecha 08 de Julio de 2013, realizada por ante éste Tribunal Penal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 01, presidido por el Juez, Abg. Luís Rafael Orsetti, quien se avocó al conocimiento de la presenta causa, acompañado de la Secretaria Judicial Abg. Patricia Rasse Boada y el Alguacil de Sala; a los fines de llevar a cabo la celebración de la Audiencia Especial para Verificar Cumplimiento en el presente asunto seguido al ciudadano Miguel Alfredo Castillo González, a quien se le sigue en el presente asunto, por la comisión del delito de Ocultamiento De Arma De Fuego, tipificados en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.

A tales efectos, se verificó la presencia de las partes, encontrándose presentes la Fiscal Séptimo del Ministerio Publico Abg. Crisser Brito, el imputado Miguel Alfredo Castillo González, y la defensora Publcia N° 04 Rosa Moya. Seguidamente el Juez impone a las partes del motivo de la presente audiencia y da lectura al acta de fecha 01/03/2013 en la cual se le impusieron las condiciones a cumplir al acusado de auto, las cuales consistían en: PRIMERO: Labor Comunitaria de Limpieza, desmalezamiento y labores como obrero en la repavimentación de la vía principal de Caratalito, conjuntamente con el consejo comunal de Caratalito Municipio Bermúdez, de dos horas semanales, que no entorpezcan sus labores diarias, ello en virtud que el imputado de autos manifestó tener conocimiento en el área de las obras de construcción y la misma será ejecutada semanalmente, por el lapso de Cuatro (4) meses, en el sector Caratalito, parroquia Santa Catalina , Municipio Bermúdez, Estado Sucre. SEGUNDO: Presentarse cada treinta (30) días por el lapso de cuatro (04) meses, por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.

DEL ACUSADO
Acto seguido el Juez le otorga la palabra al acusado MIGUEL ALFREDO CASTILLO GONZALEZ, natural de Carúpano Estado Sucre, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad N V- 21.379.207, nacido en fecha 12-01-1.986, de estado civil soltero, hijo de Miguel Castillo y Araceli González, de ocupación Comerciante, residenciado específicamente en: Cuarta Calle de Charallave hacia el cerro de caratalito, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien expone (cito): “yo cumplí con todas las condiciones que me impuso el Tribunal, es todo.”

DE LA DEFENSA
Seguidamente el juez le cedió la palabra a la defensa pública y la misma expone (cito): “Consigno en este acto constancia de la labor comunitaria correspondiente a los meses de junio y julio y visto que mi representado, cumplió a cabalidad con las condiciones impuestas por éste Tribunal, tal como lo manifestó mi representado y como se evidencia de las actuaciones que corren insertas en el presente asunto, es por lo que solicito respetuosamente al Tribunal se pronuncie al respecto y en ese sentido solicito se declare la Extinción de la Acción Penal y, en consecuencia, se decrete el Sobreseimiento de la presente causa, solicitud esta que efectúo de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 3 del artículo 300 ejusdem; es todo.”

DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Acto seguido el Tribunal cede el derecho de palabra a la Representante del Ministerio Público quien expone (cito): “revisada como ha sido las actuaciones de la causa, donde existe la presencia de cuatro constancias de trabajo suscrita por el Consejo Comunal Ciudad Bendita, donde se indica que el imputado cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal; donde es evidente, que una vez verificado su cumplimiento es preciso solicitar el Sobreseimiento de la causa, con el debido respeto al Tribunal, Solicito copias simples del acta.”

RESOLUCION DEL TRIBUNAL
Concluido el desarrollo de la presente Audiencia Especial, convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, durante la cual en atención a lo declarado por el acusado, el Defensor Público y la Fiscal del Ministerio Público manifestaron su conformidad con que se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano Miguel Alfredo Castillo González, ampliamente identificado en autos, por haber cumplido de manera satisfactoria el régimen probatorio impuesto; éste Tribunal pasa a tomar su decisión en los siguientes términos: Como se pudo constatar durante la audiencia, de la revisión del presente asunto, que efectivamente que el acusado Miguel Alfredo Castillo González, cumplió de manera satisfactoria el régimen de prueba que le fuera impuesto por éste Juzgado, en fecha 11/03/2013; es por ello que este Tribunal en atención a la disposición contenida en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal, y con el visto bueno de la representante del Ministerio Público, considera que lo procedente es declarar la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y, en consecuencia decretar el Sobreseimiento de la presente causa seguida en contra del acusado MIGUEL ALFREDO CASTILLO GONZALEZ, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la Extinción de la Acción Penal y DECRETA El Sobreseimiento de la presente causa a favor de los acusados Miguel Alfredo Castillo González, natural de Carúpano Estado Sucre, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad N V- 21.379.207, nacido en fecha 12-01-1.986, de estado civil soltero, hijo de Miguel Castillo y Araceli González, de ocupación Comerciante, residenciado específicamente en: Cuarta Calle de Charallave hacia el cerro de caratalito, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Ocultamiento De Arma De Fuego, tipificados en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 46; 49 numeral 7; y 300 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir el presente asunto al Archivo Judicial en su debida oportunidad. Se acuerda las Copias. Notifíquese a la víctima. Con la lectura de la presente acta en sala quedan notificados los presentes, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Se imprimen dos ejemplares de la presente Resolución a un solo tenor y fin.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

ABG. LUIS RAFAEL ORSETTI
LA SECRETARIA JUDICIAL,

ABG. PATRICIA RASSE