REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 29 de Julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2012-000031
ASUNTO : RP01-D-2012-000031
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Vista l solicitud planteada por la defensora, en la presente causa seguida al xxxxxxxxxxxxxx, por hallarse incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 405 en relación al 424 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxxxxocciso), a los fines que se le practique computo de la sanción y dado que el mismo se encuentra privada de libertad, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: En fecha 15 de Enero de 2013, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al joven xxxxxxxxxxxxx, a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de TRES (03) AÑO, y TRES (03) MESES por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 405 en relación al 424 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxocciso).
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el al xxxxxxxxxxxxxxxxx, quien debe cumplir la sanción por el lapso de TRES (03) AÑOS y TRES (03) MESES, se encuentran detenidos desde el 04-02-2012 hasta el día de hoy 29-07-2013, lleva privado UN (01) AÑO CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS , faltándole por cumplir UN (01) AÑO NUEVE (09) MESES Y OCHO (08) DIAS, que vencerán el 04 -05-2015;
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por hallarse incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 405 en relación al 424 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano MIGUEL JOSÉ BERMÚDEZ LÓPEZ (occiso), quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de TRES (03) AÑOS y TRES (03) MESES, donde se determino que lleva privado UN (01) AÑO CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS , faltándole por cumplir UN (01) AÑO NUEVE (09) MESES Y OCHO (08) DIAS, que vencerán el 04 -05-2015;
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de TRES (03) AÑOS y TRES (03) MESES, donde se determino que lleva privado UN (01) AÑO CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS , faltándole por cumplir UN (01) AÑO NUEVE (09) MESES Y OCHO (08) DIAS, que vencerán el 04 -05-2015.
Líbrese oficio al CPPC, adjunto a boleta informativa a los fines que se informe al sancionado xxxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de TRES (03) AÑOS y TRES (03) MESES, donde se determino que lleva privado UN (01) AÑO CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS , faltándole por cumplir UN (01) AÑO NUEVE (09) MESES Y OCHO (08) DIAS, que vencerán el 04 -05-2015.
En Cumaná, a los veintinueve (29) días del mes de julio de 2013.-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-
Secretario.-
Abg. ELIZABETH SUAREZ.-
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