Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre.
Cumaná, 19 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2012-000159
JUEZ PROFESIONAL: Abg. YOMARI FIGUERAS MENDOZA.
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. CARMEN RONDON
DEFENSORA PÚBLICA: ABG. MILDRED GUERRA EDGEHIL
IMPUTADOS: XXXXXXXX Y XXXXXXXXX
VÌCTIMA: XXXXXXXX Y XXXXXXXXX
DELITOS: ROBO AGRAVADO
SECRETARIO: ABG. Elizabeth Suárez

AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON DETENIDO

Vista la sentencia dictada en fecha 26 de junio de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en contra de los sancionados XXXXXXXX Y XXXXXXXXX; por la colisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 de código penal, en perjuicio de las ciudadanas XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, a cumplir la medida de privación de libertad de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES, este Tribunal procede a ejecutar la sentencia, conforme a lo pautado en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 471 y 474 del Decreto con Fuerza Valor y Rango De Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en los siguientes términos:
PRIMERO: En fecha 26 de junio de 2013, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó a los jóvenes XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de DE DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES por la colisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 de código penal, en perjuicio de las ciudadanas XXXXXXXX Y XXXXXXXXX.
SEGUNDO: Para establecer el lapso que aún le falta por cumplir a los adolescentes XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, se toma en consideración el contenido del artículo 622 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; el cual taxativamente pauta: “ … Al computar la medida privativa de libertad, el juez debe considerar el período de prisión preventiva al que fue sometido el adolescente…”.
De la revisión de las actas se observa que los adolescentes XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, deben cumplir la sanción por el lapso de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES y estuvieron detenidos desde el 15-05-2013 hasta el día 01-09-13 , dado que el 02-09-12 se evadieron según consta al folio 135 de la 1ra pieza, por lapso de tres (03) meses y siete (07) días. Siendo capturados el 01-03-13, por lo que hasta el día de hoy 19-06-2013, el sancionado XXXXXXXXXXX lleva privados CUATRO (04) MESES y DIECIOCHO (18) DIAS, para un total de privación de OCHO (08) MESES y QUINCE (15) DIAS faltándole por cumplir UN (01) AÑO ONCE (11) MESES Y QUINCE(15) DIAS , que vencerán el 04 -07-2015 . En relación a XXXXXXXXXXX, fue capturado el 01-03-13 hasta el al 22-04-13 ( se evadió 23-04-13), por un lapso de un (01) mes y veintidós (22) días. Nuevamente capturado el 11-05-13 hasta el día de hoy 19-07-13,por un lapso de DOS (02) MESES y OCHO (08) DIAS, para un total de privación de SIETE (07) MESES y SIETE (07) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS Y VEINTITRÉS (23) DIAS , que vencerán el 12 -08-2015 .
TERCERO: Conforme a lo establecido en el literal “A” del artículo 631 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, los adolescentes XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, cumplirán la sanción a la que quedaron sometidos en el Centro de Prisión Preventiva Cumaná, lugar donde actualmente se encuentran recluidos a la orden de este Tribunal, toda vez que no se cuenta en esta ciudad de Cumaná, con ningún otro centro de internamiento para albergar jóvenes sancionado por el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, en consecuencia se ordena que a los mismos se les realice el plan individual previsto el articulo 633 de la LOPNNA y se le garanticen todos los derechos como persona privada de libertad durante su internamiento en ese Centro, así mismo se ordena la práctica de informe piso- social a los sancionados incluyendo entrevista a los mismos, cuyas resultas deberán ser remitidas a este Juzgado. Se acuerda igualmente, remitir copia del presente auto de ejecución y de la Sentencia dictada por el Juzgado de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, al Centro de Prisión Preventiva Cumaná, y se fija el día 15/08/2013, a las 10:30 Am para imponer al los referidos sancionados del ejecútese y cómputo de la medida.
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ejecutada la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en contra de los sancionados XXXXXXXX Y XXXXXXXXX; en perjuicio de las ciudadanas XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, quienes cumplen la medida de privación de libertad de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES, por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 de código penal. Se fijó para el día 15/08/2013, a las 10:30 Am, a objeto de que sean trasladados a este despacho con la finalidad de imponerlo del auto de ejecución de la sentencia. Líbrese oficio al Sapinaes, a los fines que a los sancionados se les practique informe psicologico y social a través del equipo multidisciplinario adscrito a esa institución, e infórmese que los mismos están recluidos en el Centro de Prisión Preventiva Cumaná. Líbrese oficio a la Trabajadora Social, a los fines que realice informe social, incluyendo entrevista a los adolescentes XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, quienes está recluido en el Centro de Prisión Preventiva Cumaná a la orden de este Juzgado. Líbrese boletas de traslado y oficios al Centro de prisión preventiva Cumaná, remitiendo anexo copias certificadas de la sentencia y del presente auto de ejecución. Cúmplase.
En Cumana; a los diecinueve (19) días del mes de abril de 2013.
ABG. Yomari Figueras Mendoza
JUEZ DE EJECUCION SECCION ADOLESCDENTES.-


Secretaria.
Abg. Elizabeth Suárez.-