REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 29 de Julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2013-000003
ASUNTO : RP01-P-2013-000003
Visto que en fecha Nueve de Julio del Año Dos Mil Trece (09/07/2013), siendo las 11:30 A.m., en virtud de la prolongaron de actos anteriores, se constituye en la Sala Nº 2-B del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, a cargo del Juez ABG. PEDRO CORASPE BOADA, acompañado de la Secretaria Judicial de Sala ABG. BELKIS MARTINEZ y el Alguacil JOSE RINCONES, en ocasión a la realización del acto de Audiencia Oral a los fines de imponer a los imputados FRANKLIN JOSÉ PÉREZ CASTRO, de 31 años de edad, titular de la cedula de identidad No. V-14.815.646, soltero, venezolano, de profesión u oficio Panadero, nacido en fecha 06-12-1981, hijo de los ciudadanos Rosiris de Pérez y Oscar Pérez, residenciado en: La Urbanización Bebedero, Calle No. 05, Vereda No. 43, Casa No. 04, Cumaná, Estado Sucre y ERICK JOSÉ RONDON GÓMEZ, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad No. V-19.979.605, soltero, venezolano, de profesión u oficio Pescador, nacido en fecha 29-12-1991, hijo de los ciudadanos Aurelina Rondon y Francisco José Rodríguez, residenciado en la Urbanización Brasil, Sector El Manguito, Calle No. 1, Casa No. 06, de esta ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, de la posibilidad de hacer uso de las Fórmulas Alternativas a la Prosecución del Proceso, en las condiciones y términos que prevé la disposición final 4ta numeral 1ero del COPP; en la causa Nº RP01-P-2013-000003, seguida en su contra, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES EN RIÑAS, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal en concordancia con el artículo 425 del mismo Código en perjuicio de los mismos. Seguidamente se verificó la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presente: La Fiscal Séptima Ministerio Publico, Abg. ANAKARINA HERNANDEZ, el Defensor Publico Penal Segundo, Abg. PEDRO ROJAS, y el imputado FRANKLIN JOSÉ PÉREZ CASTRO. Habiéndose dejado transcurrir un lapso prudencial de espera y al término del mismo se deja constancia que no compareció el imputado ERICK JOSÉ RONDON GÓMEZ. Vista la imposibilidad de realizar el presente acto, este Tribunal acuerda su diferimiento y se pronunciara por auto separado en cuanto a la ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano ERICK JOSÉ RONDON GÓMEZ, y hechas las consideraciones después de revisadas las actuaciones y actas procesales este tribunal primero de control NIEGA la orden de captura en contra del ciudadano Erick José Rondon Gómez y acuerda como nueva fecha para la Audiencia Preliminar; el día 19-08.-2013 a las 3:00 de la tarde . Notifíquese la presente decisión al representante de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, al Defensor Publico Penal Pedro Rojas y a los imputados de autos. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. PEDRO CORASPE BOADA
SECRETARIA JUDICIAL
ABG. DESOREE LÓPEZ