REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Corte de Apelaciones
SALA ÚN ICA

Cumaná, 11 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-000099
ASUNTO : RP01-R-2013-000253


JUEZA PONENTE: Abg. MARITZA ESPINOZA BAPTISTA


Cursa por ante la Sala Única de la este Tribunal Colegiado, Recurso de Apelación interpuesto por la abogada OMARYS DEL VALLE MARTÍNEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Primera en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de mayo de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual acordó como Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena el DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO para el penado FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ NÚÑEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.314.598, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406, en relación con el artículo 324, ambos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 eiusdem; y USO INDEBIDO DE ARMA DE REGLAMENTO, previsto y sancionado en el artículo 281 ibidem; en perjuicio de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL VÉLIZ ROQUE (OCCISO), ERICK ALEJANDRO MARCANO (OCCISO), LUÍS ALFREDO MILLÁN VÁSQUEZ (OCCISO), LUCILA ROQUE CÓRDOVA, EVANGELINA DEL CARMEN MILLÁN VÁSQUEZ, YENNY DEL CARMEN VELÁSQUEZ MARCANO, HÉCTOR RAFAEL MILLÁN, DARWIN JESÚS MAESTRE RIVERO, DENIS RAFAEL VÁSQUEZ, LUIS DANIEL HERNÁNDEZ y INÉS ALBERTINA HERNÁNDEZ DE MARTÍNEZ.
Recibidas las presentes actuaciones se dio cuenta de ello a la Jueza Presidenta de la Sala, correspondiendo la ponencia por distribución automática a la Jueza Superior, ABG. MARITZA ESPINOZA BAPTISTA. A tal efecto para decidir sobre su admisibilidad esta Corte de Apelaciones hace las siguientes consideraciones.
DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO
La representante fiscal, sustenta su escrito recursivo, con fundamento en la previsión legal contenida en el numeral 6 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece, que son decisiones recurribles ante el Tribunal de Alzada: “Las que concedan o rechacen la libertad condicional o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena.”
Alega la recurrente:
…que si bien es cierto, el penado es (sic) cuestión, cumple con los requisitos establecidos en el articulo (sic) 500 del Código Orgánico Procesal Penal, no es menos cierto, que no cumple con el principio de progresividad que establece la norma sustantiva, como lo es la Ley de Régimen Penitenciario, en sus artículos 7° y 61°…
Señala también, que el beneficio otorgado, violenta el principio de progresividad, toda vez, que se concedió el Destino a Establecimiento Abierto, consistente en la permanencia del penado en un Centro de Residencia Supervisada; sin antes haber superado como etapa inicial del tratamiento penitenciario:
…la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo, el cual de manera progresiva sustrae al penado del internamiento intramuros para colocarlo en una situación mixta, consiste en salir durante el día a ejercer a (sic) las actividades laborales y una vez culminada ésta, regresar al centro de reclusión donde pernocta.
Considera igualmente la impugnante, que “…toda reinserción social del penado debe ser progresiva, a través del cumplimiento de una serie de etapas que se le presentan al individuo para que se haga efectiva (sic) su retorno a la vida social.”
Finalmente solicita, sea revocada la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena otorgado al penado de autos “…con las consiguientes y necesarias consecuencias.”
Ahora bien, observa este Tribunal Colegiado, que el Recurso fue ejercido dentro del lapso legal establecido en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, según consta de la certificación del cómputo de los días de despacho transcurridos en el Tribunal A quo, que cursa al folio treinta y cuatro (34) de la única pieza; y por cuanto no se encuentra subsumido dentro de las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 eiusdem, es por lo que en consecuencia, se debe ADMITIR el presente Recurso de Apelación.
Así mismo considera esta Sala Única, que del contenido de las actas recibidas, surgen elementos suficientes para formar criterio y poder emitir una decisión, por lo tanto no se hace necesaria ni útil la realización de audiencia oral, contemplada en el segundo aparte del artículo 442 Ibidem. Y así se decide.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada OMARYS DEL VALLE MARTÍNEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Primera en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de mayo de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual acordó como Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena el DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO para el penado FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ NÚÑEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.314.598, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 en relación con el artículo 324, ambos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 eiusdem; y USO INDEBIDO DE ARMA DE REGLAMENTO, previsto y sancionado en el artículo 281 ibidem; en perjuicio de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL VÉLIZ ROQUE (OCCISO), ERICK ALEJANDRO MARCANO (OCCISO), LUÍS ALFREDO MILLÁN VÁSQUEZ (OCCISO), LUCILA ROQUE CÓRDOVA, EVANGELINA DEL CARMEN MILLÁN VÁSQUEZ, YENNY DEL CARMEN VELÁSQUEZ MARCANO, HÉCTOR RAFAEL MILLÁN, DARWIN JESÚS MAESTRE RIVERO, DENIS RAFAEL VÁSQUEZ, LUIS DANIEL HERNÁNDEZ y INÉS ALBERTINA HERNÁNDEZ DE MARTÍNEZ.
Publíquese, Regístrese y Decídase en su oportunidad legal.
La Jueza Presidenta (Ponente)


Abg. MARITZA ESPINOZA BAPTISTA
La Jueza Superior

Abg. CECILIA YASELLI FIGUEREDO

La Jueza Superior

Abg. CARMEN SUSANA ALCALÁ
El Secretario

Abg. LUÍS BELLORÍN MATA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El Secretario,

Abg. LUÍS BELLORÍN MATA