REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 08 de febrero de 2013
202° y 153°
Por cuanto se observa que en el presente Expediente signado con el N° 071-2011 de la nomenclatura interna, contentivo de la Solicitud de INSPECCION JUDICIAL, planteado por el ciudadano WILMAL ZAPATA PEREZ (Defensor Público Agrario),actuando en nombre y representación del ciudadano JOAQUIN BRITO TINEO, la última actuación tuvo lugar en fecha 26 de octubre de 2011, y hasta la presente fecha han transcurrido un año (01), cuatro (04) meses y quince (15) días, sin que la parte interesada haya promovido diligencia alguna para su reanudación o continuación, este Juzgado considera que el tiempo transcurrido es suficiente para Declarar la Perención de la Instancia. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente Solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y así se decide. Ordenándose el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En San José de Areocuar, a los ocho días del mes de febrero de dos mil trece. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abg.Fanny R. Martínez.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima Vargas
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto. Conste.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima Vargas
Sol. Nº 071-2011
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