CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 19 de Febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-002482
ASUNTO: RP11-P-2005-002482


En virtud de designación como Juez suplente para cubrir la vacante temporal del Juez Primero de Ejecución, según acta Nº 019-2013, es por lo que una vez tomado posesión del referido Tribunal, me AVOCO al conocimiento de la presente causa y habiéndose recibido oficio presentado por el Defensor Público Penal Nº 03 con Competencia en la Fase de Ejecución, Abogado Edgar Brito Torrez, en su carácter de defensor del penado Javier Jesús Viña, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 17.529.876, mediante el cual solicita al tribunal, que por cuanto su defendido se encuentra trasladado al penal de El Dorado, en Estado Bolívar, se remita exhorto a los jueces de Ejecución de esa Jurisdicción conforme a lo previsto en el artículo 473 del Código Orgánico Procesal Penal e igualmente solicita se instruya a la Unidad Técnica De Supervisión y Orientación del Estado Bolívar a los fines de que se elabore informe técnico correspondiente a su defendido, igualmente solicita se designe como correo especial al ciudadano Jonald Jesús Valdivia, titular de la Cedula de identidad Nº V.- 15.228.050 con domicilio en Playa Grande, Segunda calle Sector La Vivienda, casa Nº 579, teléfono Nº 0416-814-2397, a los fines de que haga entrega del presente exhorto, y por ultimo solicita se le expida copias certificadas de las sentencias dictadas en contra de su defendido, los autos de ejecución de sentencias con sus respectivos cómputos, el auto de acumulación de sentencias y nuevo computo de pena, el presente escrito y del auto que resuelva la presente solicitud; pasa a resolver en los siguientes términos: De la revisión de la causa asi como de las actuaciones del sistema Juris 2000, se evidencia que no consta en autos que el referido penado haya sido trasladado al Internado Judicial de El Dorado, tal y como lo manifiesta el Defensor Publico Penal en su escrito, en consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución en aras de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo establecido en el articulo 471 del Código Orgánico Procesal Penal y a los fines de proveer en cuanto a la solicitud de exhorto realizada por el Defensor Publico Penal Nº 03, Acuerda oficiar al Director del Internado Judicial de esta ciudad, a fin de que informe con carácter de urgencia si el penado se encuentra recluido en el referido recinto penitenciario y en caso de haber sido trasladado a otro recinto penitenciario informe a cual recinto, la fecha de traslado, así como los motivos que dieron lugar a dicho traslado, igualmente se acuerda oficiar al Director del Internado Judicial de El Dorado a los fines de que informe a este Despacho con carácter de urgencia si el penado antes referido se encuentra recluido en ese recinto penitenciario, así como la fecha de ingreso. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
La Jueza Primero de Ejecución,
Abg. Patricia Rasse Boada

La Secretaria,
Abg. Carol Muziotti