REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.

Cumaná, 29 de enero de 2013
202º y 153º

ASUNTO Nº: JMS1-S-4077-13
PARTE ACTORA: ANTON TRUJILLO RAQUEL
BENEFICIARIA: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE

Recibido el presente expediente de la Distribución de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial. Désele entrada y procédase aperturar el correspondiente expediente. Visto el escrito y sus anexos en fecha veinticinco (25) de enero del año dos mil trece (2013) presentado por la ciudadana ANTON TRUJILLO RAQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.539.468, domiciliada en la Urbanización Bebedero Cuarto, Bloque 3, Apto 03-08, Cumaná estado Sucre, asistida por el Abogado JESUS MANUEL MOYA, Fiscal Cuarto del Ministerio Público, actuando en favor de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, señalando que necesita tramitar el Pasaporte de su hija antes mencionada. Anexo copias de la partida de nacimiento.

Este Tribunal admite la presente solicitud y a los fines de pronunciarse lo hace bajo ciertas consideraciones:

Es oportuno señalar que la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece en su artículo 22:

“Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de conformidad con la ley.
El estado debe asegurar programas o medidas dirigidas a garantizar la determinación de identidad de todos los niños, niñas y adolescentes, incluidos el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares”.

Ahora bien tomando como referencia el contenido del trascrito articulo, podemos señalar en relación a la solicitud de autorización judicial para el pasaporte en beneficio de la adolescente de autos, esta Jueza no puede soslayar el derecho que tiene la referida adolescente de obtener sus documentos de identificación, siendo en esta oportunidad el pasaporte venezolano.
Así las cosas, quien aquí decide considera prudente autorizar a la ciudadana ANTON TRUJILLO RAQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.539.468, domiciliada en la Urbanización Bebedero Cuarto, Bloque 3, Apto 03-08, Cumaná estado Sucre, asistida por el Abogado JESUS MANUEL MOYA, Fiscal Cuarto del Ministerio Público, actuando en favor de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para que realice en representación de su hija, todos los trámites necesarios ante los organismos competentes para la obtención del Pasaporte Venezolano de la Adolescente de autos. Líbrese autorización. Así se decide.

La presente sentencia ha sido dictada dentro del lapso legal para ello.

Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 eiusdem, déjese copia certificada. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Sede Cumaná. En la ciudad de Cumaná a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. CÚMPLASE.
La Jueza

Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET.

La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

La Secretaria


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