LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 15 DE ENERO DEL 2013.-
202° Y 153°


Exp. Nº 17-2012.-

SOLICITANTE: BRENNY ENEMECIO LOPEZ ARCIA………………………….
…………………………………… Titular de la Cédula de Identidad N°V- …………………… …………… Nº.V-18.098.299
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.

APODERADO: NO CONSTITUYO

MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.


En fecha 06 de febrero del año 2.012, compareció por ante este Juzgado el ciudadano: BRENNY ENEMECIO LOPEZ ARCIA venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en San Juan de las Galdonas, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-18.098.299, asistido por el abogado JAVIER LUGO, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 74.302, quien solicito la declaración de un Titulo Supletorio, a su Favor sobre una Casa construida y fomentada a sus solas y únicas expensas sobre un Terreno Municipal, ubicada en la calle cristal de San Juan de Las galdonas Municipio Arismendi del Estado Sucre, constante de tres (3) habitaciones; una (01) sala-comedor; una(1) cocina; dos(2) baños; un (1) lavandero; un (1) deposito y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle cristal.; SUR: Casa de la señora Anyi Hidalgo. ESTE: Casa de la señora Ana Teresa García. OESTE: Casa de la señora Yudelis Russo. Con un área de Terreno aproximadamente de Ochenta Y Ocho con Veinte Metros Cuadrados (88,20 Mts2); y un área de construcción de Ocho con Veinte Metros Cuadrados (88,20 Mts2). En fecha 06-02-2012 Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la


presentación de los testigos el segundo día de despacho
siguiente al de ese día 06 de febrero de 2012, a las Once y Treinta Minutos de la mañana (11:30 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos.
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de ley, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor del ciudadano BRENNY ENEMECIO LOPEZ ARCIA venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en San Juan de las Galdonas, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-18.098.299, sobre una Casa construida y fomentada a sus solas y únicas expensas sobre un Terreno Municipal, ubicada en la calle cristal de San Juan de Las galdonas Municipio Arismendi del Estado Sucre, constante de tres (3) habitaciones; una (01) sala-comedor; una(1) cocina; dos(2) baños; un (1) lavandero; un (1) deposito y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle cristal.; SUR: Casa de la señora Anyi Hidalgo. ESTE: Casa de la señora Ana Teresa García. OESTE: Casa de la señora Yudelis Russo. Con un área de Terreno aproximadamente de Ochenta Y Ocho con Veinte Metros Cuadrados (88,20 Mts2); y un área de construcción de Ocho con Veinte Metros Cuadrados (88,20 Mts2). DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Quince (15) días del mes de Enero del dos mil trece (2.013).- Años 202° de la Independencia y 153º de la
Federación.-
El Juez Provisorio,

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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
El………………………………….



Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ


Nota: En esta misma fecha (15-01-2013), se publicó la anterior Sentencia, siendo las 11:00 de la Mañana.-
El Secretario,

___________________________________
Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Exp. Nº17-2012.-
LAH/gm.-