REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 31 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-001498
ASUNTO: RP11-P-2009-001498


ALARGAR LAS PRESENTACIONES.


En el día, 29 de Enero de 2013, se constituyó en la Sala de Audiencia 02 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control presidido por el Juez, Abg. Ysmenia Fernández Hernández, acompañada por la Secretaria Judicial, Abg. Anny Tovar, y el Alguacil de Sala a los fines de llevar a cabo la audiencia de Especial en el presente asunto que se le sigue a la ciudadana YOLINDA GARCÍA PÉREZ, por la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia de la Defensora Pública Abg. Siolis Crespo y la Fiscal Quinta del Ministerio Público Abg. Maralba Guevara y la imputada Yolinda García. No estando presente, la Víctima Héctor Alejandro Urbano García.

EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Acto seguido pide la palabra la Defensa Pública Penal abg. Siolis Crespo, quien expone: visto que mi representada había hecho un cambio temporal de residencia y por error no le informo al tribunal sobre la nueva dirección ocurriendo un mal entendido a la ultima vez que se presento ante la Unidad de Alguacilazgo, pido con el debido respeto se le amplié las presentaciones y verificado el cumplimiento de las mismas se decrete el sobreseimiento de la causa conforme a lo previsto al articulo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”.

EXPOSICION DE LA IMPUTADA
Acto seguido se le otorga la pabla a la imputada. Ciudadana: YOLINDA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, nacida en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, fecha de nacimiento: 11/06/1978, de 31 años, titular de la Cédula de Identidad N° 13.923.202, hijo de Ubencio José García y Yolinda Pérez Pérez, de profesión obrera, soltera y residenciado en calle principal la rinconada de playa grande casa s/n diagonal al ambulatorio de playa grande, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; quien expone: no pude cumplir con las condiciones impuestas en este tribunal por cuanto tuve que mudarme un tiempo de la ciudad y no sabia que tenia que infórmale al tribunal. Es todo.”
EXPOSICION FISCAL
Acto seguido se le concede la palabra a la Representante de la Fiscalia Abg. Maralba Guevara, quien expone: por cuanto se observa que la imputada incumplió con las presentaciones impuestas; no me opongo a la solicitud hecha por la defensa, a que se le amplié las presentaciones para que la misma cumpla con las condiciones impuestas por este tribunal. Es todo.”
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra la Juez y expone: Vista la petición hecha por parte de la Defensa Pública y por cuanto la Representante de la Fiscalia del Ministerio Público no se opone, este tribunal ACUERDA PROLONGAR EL LAPSO DE PRESENTACIONES IMPUESTA, a la Ciudadana: YOLINDA GARCÍA, por la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Niña y del Adolescente , en perjuicio del Niño: Héctor Cesar Alejandro Urbano García, debiéndose presentar Cada Tres (03) meses, por el lapso de un (01) año, ratificando así de esta manera la decisión dictada por la Juez Cuarta de Control en fecha 24-11-2009., y asi se decide.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda ACUERDA PROLONGAR EL LAPSO DE PRESENTACIONES IMPUESTA, a la Ciudadana: YOLINDA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, nacida en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, fecha de nacimiento: 11/06/1978, de 31 años, titular de la Cédula de Identidad N° 13.923.202, hijo de Ubencio José García y Yolinda Pérez Pérez, de profesión obrera, soltera y residenciado en calle principal la rinconada de playa grande casa s/n diagonal al ambulatorio de playa grande, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Niña y del Adolescente , en perjuicio del Niño: Héctor Cesar Alejandro Urbano García, debiéndose presentar Cada Tres (03) meses, por el lapso de un (01) año, ratificando así de esta manera la decisión dictada por la Juez Cuarta de Control en fecha 24-11-2009, motivo por el cual se acuerda suspender la audiencia especial hasta tanto la imputada de autos cumpla con las presentaciones impuesta por este tribunal. Es todo, termino, se leyó y conformen firma:
La Juez Cuarta de Control

Abg. Ysmenia Fernández.
El Secretario Judicial
Abg. Ronald Mayz.