EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, diez (10) de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
Visto el escrito presentado en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2013, por el Abogado José Rafael Cabrera Espinoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.188, en su carácter de sustituto del Procurador General del estado Sucre, mediante el cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad procesal correspondiente para la admisibilidad de las mismas, pasa a hacerlo de la manera siguiente:
DE LA PRUEBA DE INFORME
Con relación a la promoción de la prueba de informe señalada en el Capitulo Único, del escrito in comento, este Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, así decide.
A los fines de su evacuación se ordena oficiar a la Coordinación de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Sucre, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los particulares señalados en el Capitulo Único, del escrito de promoción de pruebas. Cúmplase. Líbrese lo conducente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los diez (10) días del mes de diciembre del Dos Mil Trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Silvia Julia Victoria Espinoza Salazar
La Secretaria,
Rosa Elena Quintero
En esta misma fecha siendo las 01:56 p.m., se registró y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Rosa Elena Quintero
Expediente: RP41-G-2013-000033
SJVES/RQ/ag
L.S. Jueza (fdo) Silvia J Espinoza Salazar. La Secretaria (fdo) Rosa Elena Quintero D., Publicada en su fecha 10 de diciembre de 2013
a las 01:56 p.m. La Secretaria (fdo) Rosa Elena Quintero D., La suscrita Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y se expide por mandato judicial, en Cumaná, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013) Años 203° y 154°.
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