REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.


Vista el acta de fecha 02-12-2013, que riela al folio dieciseis (16) del presente asunto, levantada durante la realización de la audiencia preliminar en su fase de mediación, en la cual los ciudadanos ALEXANDER JESÚS CORONADO ACOSTA Y SARAYS ISABEL CEDEÑO ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.663.993 y 24.130.847, respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Fe y Alegría, Avenida III, Sector III, Casa N° 14, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre y la segunda con domicilio en la Urbanización Fe y Alegría, Sector II, Casa S/N°, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre, en presencia de la Jueza Abogada Maria Eugenia Graziani, celebraron mediación por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR de su hija : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, llegando al siguiente acuerdo y manifestando: que tambien desean mediar en relacion a la Revision de la Obligacion de Manutencion:
El padre pasara la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1500,00) mensuales Por Bonificacion de Fin de Año el padre pasara la cantidada de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,00), que seentregara en el día de hoy. Por medico,medicinas, utiles escolares, uniforme e inscripción el padre cubrira el CINCUENTA POR CIENTO (50%). Los montos anteriores seran depositados en un cuenta que se ordena aperturar. En cuanto al Regimen de Convivencia Familiar de la siguiente manera:
El padre compartirá con su hija fines de semana alternados y tendra derecho de manera a progresiva a la pernota, el día del padre con el padre y el día de la madre con la madre, el cumpleaños y el día del niño seran compartidos. La semana Santa y Carnaval compartidos. Vacaciones escolares fines de semana alternados. Los días diciembre seran 24, 25, 31 y 01 seran compartidos.-Ambos padres solicitan la homologación, considerando que la presente conciliación cubre las exigencias del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, a la mediación celebrada por los ciudadanos ALEXANDER JESÚS CORONADO ACOSTA Y SARAYS ISABEL CEDEÑO ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.663.993 y 24.130.847, respectivamente.Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los dos (02) días del mes de diciembre del año Dos Mil trce (2013).- 203° Años de la Independencia y 154° de la Federación

LA JUEZA

Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria
La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 2:00 p.m
La Secretaria


MEG/mjz
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGACION)
(AUTOCOMPOSICION PROCESAL)
ASUNTO: JMS1-7063-13
DEMANDANTE: ALEXANDER JESÚS CORONADO ACOSTA