REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumanà, 17 de diciembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO Nº: JMS1-S-5377-13
SOLICITANTES: ROSMARY DEL VALLE MAESTRE MARQUEZ Y
GREGORIO JOSE GONZALEZ MARCANO
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abogado JESUS MANUEL MOYA, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos ROSMARY DEL VALLE MAESTRE MARQUEZ Y GREGORIO JOSE GONZALEZ MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.911.279 y 15.741.929 respectivamente, con domicilios la primera en Boca de sabana calle la Isla casa Nº 15 de esta ciudad de Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre y el segundo en Campeche Calle Nº 01 casa Nº 74, Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de sus hijos: : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de trece y once (13 y 11) años de edad respectivamente, celebrado en fecha 11/11/13, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne a la Obligación de Manutención, establecida de la siguiente manera mediante Acta Nº 19-1C-DPIF-F4-0804-2013: “El ciudadano GREGORIO JOSE GONZALEZ MARCANO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.741.929, padre de sus hijos: : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de trece y once (13 y 11) años de edad respectivamente, pasará a Suministrar la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs.F 2.000,00), divididos en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. F 5.00,00) semanales. Bonificación Especial de Fin de Año por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. F 2.000,00). Los gastos médicos, medicinas, útiles escolares, uniformes, serán cubiertos en un 50% por casa uno de los progenitores. Asimismo el padre de la adolescente y la niña solicitar al Tribunal Primero de Primera Instancia de Medicina, Sustanciación y Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, se ordene aperturar una cuenta de ahorro para consignar lo referente a la Obligación de Manutención. En este estado la ciudadana ROSMARY DEL VALLE MAESTRE MARQUEZ esta de acuerdo con dicho convenimiento.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en Concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, al diecisiete (17) día de diciembre del año Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZA
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
Secretaria
Siendo las 9:00 de la mañana se publico la presente sentencia
Secretaria

ASUNTO Nº: JMS1-S-5377-13
SOLICITANTES: ROSMARY DEL VALLE MAESTRE MARQUEZ Y
GREGORIO JOSE GONZALEZ MARCANO
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION
MEG/rhm