JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CUMANÁ, 17 DE DICIEMBRE DE 2013
203° Y 154°


En horas de Despacho del día de hoy, Diecisiete (17) de Diciembre de dos mil trece (2013), siendo las Once de la mañana (11.00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto de CONTESTACION A LA DEMANDA. Se anunció el acto en la forma de Ley, y a las puertas del Despacho. Se deja constancia que ninguna de las dos partes se hicieron presente en el acto ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno. El Tribunal por cuanto la parte actora no se hizo presente en este acto, conforme a lo dispuesto en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente proceso. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO.,
Abg. MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA.




LA SECRETARIA,

Abg. ROSELY V. PATIÑO RODRIGUEZ.

Exp. N° 7237-13
MDAA/rcdm
PARTES: (ACTOR) VICTOR JOSÉ DE LA ROSA Vs OMAIRA DEL CARMEN CASTELLAR LÓPEZ.
Motivo: Divorcio.-