REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 04 de Diciembre de 2013.-
203° y 154°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por la ciudadana: MARÍA MILAGRO TOVAR TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.554.336 y de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio JAIME RODRÍGUEZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.207 y de este domicilio, mediante la cual, solicita a este Despacho Judicial, se sirva declarar como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: ROBERTO TOVAR, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.422.741, fallecido ab-intestato, en esta ciudad de Carúpano, en fecha: 06 de Septiembre de 2013, según consta de Acta de Defunción Nº 0657 de fecha 17/09/13, expedida por el Registro Civil del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a su persona, a su madre y a sus hermanos.- Ahora bien, por cuanto los mencionados testigos, ciudadanos: CARMEN ELIZABETH GRAU DE ORTÍZ y YVAN JOSÉ GÓMEZ, quienes son venezolanas, mayores de edad, casados, Licenciada en Administración y Supervisor de los Servicios Generales 2, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.470.167 y V- 5.861.626, respectivamente y de este domicilio, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud.- En consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA
ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: MARÍA MILAGRO TOVAR TOVAR, ARACELIS MARÍA TOVAR ROJAS, ROBETSY CAROLINA TOVAR TOVAR, ROBERTO CARLOS TOVAR TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.554.336, V- 4.948.129, V- 17.779.555 y V- 17.779.554, respectivamente y de este domicilio; sus derechos COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: ROBERTO TOVAR, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.422.741.-Así se declara.-
Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de lo actuado por este Juzgado, a los fines de su archivo en este Juzgado.- Déjese copia certificada. Se ordena expedir por Secretaría, Dos (02) Juegos de Copias Certificada.- CÚMPLASE.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SÁNCHEZ DUQUE.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-
Exp. N° 6.581-13.-
SSD/OG/dbc.-
|