REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 16 de Diciembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2013-000020
ASUNTO : RP01-D-2013-000020
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado: XXXXXXXXXXXXXXX
Examinadas las actas procesales que conforman la presente causa a los fines de actualizar el computo de la sanción que cumple el adolescente XXXXXXXXXXXX; por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículos 5 y 6 numerales 2° y 3°, de la ley de Robo y Hurto de vehiculo automotor y artículo 84 numeral 2° del Código Penal, y LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de XXXXXXXXXX, dado que la misma se encuentra privada de libertad , es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: En fecha 09 de julio de 2013, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al adolescente XXXXXXXXX, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículos 5 y 6 numerales 2° y 3°, de la ley de Robo y Hurto de vehiculo automotor y artículo 84 numeral 2° del Código Penal, y LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de XXXXXXXXXXXX, a cumplir la medida de privación de libertad de privación de libertad por el lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS.
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el adolescente XXXXXXX, quien debe cumplir la sanción por el lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, se encuentra detenido desde el 24 de enero de 2013 hasta el día de hoy 16-12-2013, lleva privado DIEZ(10) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS, faltándole por cumplir ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS , que vencerán el 09 -12-2014.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXX; por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículos 5 y 6 numerales 2° y 3°, de la ley de Robo y Hurto de vehiculo automotor y artículo 84 numeral 2° del Código Penal, y LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de XXXXXXXXXXX y quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, donde se determino que lleva privado hasta el día de hoy 16-12-2013, lleva privado DIEZ(10) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS, faltándole por cumplir ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS , que vencerán el 09 -12-2014.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a XXXXXXXXXXX, quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, donde se determino que lleva privado hasta el día de hoy 16-12-2013, lleva privado DIEZ(10) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS, faltándole por cumplir ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS , que vencerán el 09 -12-2014.
Líbrese oficio al Centro de Prisión Preventiva Cumaná, remitiendo copia del presente auto, adjunto a boleta informativa a los fines que se informe al sancionado XXXXXXXXXXXX, quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, donde se determino que lleva privado hasta el día de hoy 16-12-2013, lleva privado DIEZ(10) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS, faltándole por cumplir ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS , que vencerán el 09 -12-2014.
En Cumaná, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de 2013.-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-
Secretario.-
Abg. ODILMARYS MARTINEZ.-
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