REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEPROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
ASUNTO: JMS1-S-4853-13
PARTES: CAMPOS PEREZ MANUEL RAMON Y ZACARIAS LANZA MARISABEL
MOTIVO: SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A.-
En fecha 26-07-2013, presentaron escrito por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, los ciudadanos: CAMPOS PEREZ MANUEL RAMON Y ZACARIAS LANZA MARISABEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 8.281.458 y 8.643.831 respectivamente, domiciliados el la ciudad de Cumanacoa, Municipio Montes del estado Sucre, asistidos por la Abogada en ejercicio PATRICIA ELENA CORDERO BARCENAS, inscrita en el IPSA bajo el Nº 39.708, señalando que solicitan la disolución del vínculo matrimonial existente entre ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, alegando que contrajeron matrimonio en fecha veinte (20) de junio de Mil Novecientos Noventa y Dos (1992) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Arenas, Municipio Montes del estado Sucre, que de su unión procrearon dos (02) hijos que lleva por nombre FRANCIA CAROLINA Y : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de veinte (20) y quince (15) años de edad, respectivamente, y que se encuentran separados de hecho desde el año Dos Mil cinco (2.005), es decir, desde hace más de cinco (05) años. A los fines de demostrar lo alegado, los ciudadanos CAMPOS PEREZ MANUEL RAMON Y ZACARIAS LANZA MARISABEL, consignaron junto con su escrito, acta de matrimonio y originales del acta de nacimiento de sus hijas, documento público administrativo que se aprecia de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el contenido del artículo 1357 del Código Civil, y que demuestran la cualidad de los solicitantes; y así se establece.
Mediante auto de fecha treinta y uno (31) de julio de 2013, este Tribunal admitió la demanda. Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos CAMPOS PEREZ MANUEL RAMON Y ZACARIAS LANZA MARISABEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 8.281.458 y 8.643.831, respectivamente En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE contraído por ellos, en fecha veinte (20) de junio de Mil Novecientos Noventa y Dos (1992) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Arenas, Municipio Montes del estado Sucre. En aplicación a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal RATIFICA Y HOMOLOGA cada uno de los acuerdos suscritos en su solicitud, relacionados a las Instituciones Familiares por cuanto no vulneran sus derechos, ni son contrarias al orden público ni a las buenas costumbres, a favor de su hija : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de quince (15) años de edad, se establece:
LA PATRIA POTESTAD: Será ejercido por ambos padres.-
LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA: de su hija : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, continuara bajo la responsabilidad y crianza compartida del padre y la madre.
LA CUSTODIA: La ejercerá la madre ciudadana ZACARIAS LANZA MARISABEL
EL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: Será totalmente abierto; el padre podrá verla cada vez lo considere oportuno, fuera de la residencia de su madre, los fines de semana se alienaran, el padre y la madre, en las vacaciones escolares 15 días con la madre y 15 días con el padre, en las vacaciones decembrinos se alternaran la mitad de las vacaciones con el padre, y la otra mitad con la madre, estos acuerdos son los mínimos, los padres por acuerdo y a conveniencia de los hijos podrán variar estas condiciones, siempre atendiendo las prioridades de sus hija, su conveniencia y bienestar.
LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION: El legitimo padre antes identificado contribuirá con la Obligación de Manutención, en la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.600, 00), mensuales, la mensualidad será entregada a la menor directamente, además el padre se compromete a pasar por concepto Bono Navideño, la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000, 00) pagaderos en su totalidad en las oportunidades referidas y contentivos de pago por concepto de útiles y uniformes escolares, ropa y regalos de navidad para sus hijos, igualmente el padre, se compromete a cancelar la totalidad de los gastos que se generen por concepto de gastos de educación, médicos, medicinas, vestido, calzado. Su hija continuara sus estudios normalmente los gastos de matricula, transporte escolar y otros serán por cuenta del padre.-
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los seis (06) días del mes de agosto del año Dos Mil Trece (2013). 203º años la Independencia 154º la Federación.-
LA JUEZA
Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI L.
La Secretaria,
En el día de hoy se publicó la anterior decisión.-
La Secretaria
MEG/mjz
ASUNTO: JMS1-S-4853-13
PARTES: CAMPOS PEREZ MANUEL RAMON Y ZACARIAS LANZA MARISABEL
MOTIVO: SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A.-
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