REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
ASUNTO: JMS1-6293-12
DEMANDANTE: FIGUERA GARCIA OSWALDO JOSE
DEMANDADO: FIGUEROA ROJAS LISBERTH MARIA
MOTIVO: MODIFICACION DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA)
En fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil doce (2012), se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, demanda por MODIFICACION DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA) incoada por el Ciudadano: FIGUERA GARCIA OSWALDO JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.053.464, domiciliado en la calle el Islote, casa S/N cerca de Súper Carne Cumana Estado Sucre, debidamente asistido por la Abg. Marisol Hernández Defensora Publica Primera en materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción, en contra de la ciudadana FIGUEROA ROJAS LISBERTH MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.818.576, domiciliada en la Población de Cumanacoa sector San Salvador calle principal casa S/N, a favor de su hijos: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Dicha demanda fue admitida en fecha 08-01-2013, ordenándose la notificación de la parte demandada ciudadana FIGUEROA ROJAS LISBERTH MARIA, evidenciándose que previa certificación de Secretaría, quedaron notificadas las partes para la celebración de la audiencia única de Mediación de la audiencia preliminar, tal como se observa de la respectiva consignación y certificación.
En fecha 08-07-2013 se fija la celebración de la Audiencia de Sustanciación para el día 01-08-2013.-
Ahora bien siendo el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia de Sustanciación de la audiencia preliminar, se dejo constancia de la NO COMPARECENCIA de las partes ciudadanos FIGUERA GARCIA OSWALDO JOSE Y FIGUEROA ROJAS LISBERTH MARIA, plenamente identificados en autos, ni por si ni por medio de apoderado judicial que los represente, declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se considera DESISTIDO el presente procedimiento.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.
La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.
Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En Cumaná, al primer (01) día del mes de agosto del año Dos Mil trece (2013). 203° años de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZA
DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
LA SECRETARIA
La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 10:30a.m.
LA SECRETARIA
MEGL/mjz
ASUNTO: JMS1-6293-12
DEMANDANTE: FIGUERA GARCIA OSWALDO JOSE
DEMANDADO: FIGUEROA ROJAS LISBERTH MARIA
MOTIVO: MODIFICACION DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
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