REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Estado Sucre extensión Cumaná
Cumana, Cinco (05) de Agosto del 2.013
203º y 154º


N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2012-000223
PARTE ACTORA: MAURO ANTONIO ORTEGA VIVEROS
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO CARIBE NORTE y TECNO SERVICIOS FRAY C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


SENTENCIA

Dado a que en el día Cinco (05) de Agosto del 2.013, oportunidad fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, no haciéndose presente persona ni representación alguna ni por la parte actora ciudadana MAURO ANTONIO ORTEGA VIVEROS, titular de la cedula de identidad 83.624.174, dejándose constancia igualmente de la incomparecencia de la parte demandada CONSORCIO CARIBE NORTE y TECNO SERVICIOS FRAY C.A
En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN
La Juez,


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL Por la secretaría

Abg. LISBETH MACHADO