REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE - GUIRIA
Guiria, 01 de Agosto de 2.013
203° y 154°
Vista la anterior demanda de DAÑOS A LA PROPIEDAD, y sus anexos presentada por la ciudadana Abogada LUISA HERMINIA BASTARDO RUIZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.441.875; Inscrita en el Inpreabogado N° 56.177, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la Empresa “LA BUENA DICHA C.A.”, este Tribunal por cuanto considera que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese al ciudadano BASILIO ISMAEL CHERITI GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.484.862, domiciliado en la Calle Sucre, frente al Antiguo Teatro Santa Rosa de esta ciudad de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, para que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los veinte (20) días hábiles de despacho siguientes a su citación, a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Expídase copia certificada de la demanda y con su correspondiente nota de Emplazamiento al pie, entréguese a la Alguacil de este Juzgado, a los fines de que practique la citación del demandado, quien dará recibo. En cuanto a la medida solicitada el tribunal proveerá en cuaderno separado, el cual ordena abrir en su debida oportunidad. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/Yrynes lemus.-Asistente
Exp. N° 057-13