REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ

Cumaná, 10 de abril de Dos Mil Trece (2013)
202º y 154º

ASUNTO: JMS1-S-4420-13
PARTES: EDUARDO ERNESTO FUENMAYOR LOPEZ Y JAKELIN MARIA HERNANDEZ AVILA
HOMOLOGACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 05 de Abril de 2013, solicitud de homologación de Régimen de Convivencia Familiar presentada por el abogado JESUS MANUEL MOYA MARCANO en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Publico en materia de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes Acta contentiva del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos: EDUARDO ERNESTO FUENMAYOR LOPEZ Y JAKELIN MARIA HERNANDEZ AVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 8.638.074 y 12.920.755 con domicilio el primero en Urbanización Bermúdez, Bloque N° 15-C, Apartamento N° 01, Jurisdicción de la Parroquia Ayacucho del Municipio Sucre del estado sucre y la segunda en Brisas del Golfo, Sector los Tetras, Ultima Calle, Casa s/n Jurisdicción de la Parroquia Valentín Valiente del Municipio Sucre del estado Sucre, asistida en este acto por la abogada Marisol Hernández, en su carácter de Defensora Publica en materia de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes en relación a la HOMOLOGACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de cinco (05) años de edad suscrito en fecha 20 de Marzo de 2012, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes El ciudadano DELIO DANIEL RODRIGUEZ GONZALEZ podrá visitar a sus hijos dos fines de semana al mes, llevándoselos de la residencia materna el dia viernes sabado a las 05:00 p.m. y los regresara a la madre el dia domingo a las 05:00p.m, durante las vacaciones del mes de agosto el padre pasara quince (15) dias de forma continua llevándoselos desde el quince (15) de agosto al treinta (30) de agosto del mismo mes, durante el mes de diciembre el padre podrá compartir con sus hijos durante quince (15) dias de forma continuos contados a partir del dia ocho (08) de diciembre de cada año en curso El padre debe constante comunicación con sus hijos, además estar al pendiente de participar en los actos culturales, deportivos, consultas pediátricas y otros que tengan relación al bienestar de sus hijos. Todo ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne a la HOMOLOGACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
La presente decisión se publico dentro de fecha, siendo las 10:00 AM
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre Sede Cumaná. En Cumaná a los nueve (09) días del Mes de Abril de 2013.-
La Jueza

Abg. MARIA E. GRAZIANI


LA SECRETARIA


MEG/nai