REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 16 de Abril de 2.013.-
202º y 154º.-
Exp. N° 16.893.-
DEMANDANTE: LUIS BELTRÁN LÓPEZ MATA, titular de la
Cédula de Identidad N° 3.423.342.
APODERADO: DOUGLAS ALEXANDER MAGO AGUIAR,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.165.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Independencia, Edificio Fundabermudez,
Piso 03, oficina 04, Carúpano, Estado Sucre.
DEMANDADO: MANUEL ROQUE FRANCO PACHECO,
titular de la Cédula de Identidad N° Identidad N°
3.135.201.
APODERADO: GERTRUDIS MARCANO SALAZAR, inscrita
en el Inpreabogado bajo el N° 41.982
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.
MOTIVO: INTIMACIÓN AL PAGO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
(Con Fuerza De Definitiva).
Vista la comisión emanada del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Arismendi, Benítez y Libertador de éste Circuito Judicial del Estado Sucre, este Tribunal ordena agregarla a los autos, lo que se cumple en este mismo acto y visto igualmente la Transacción suscrita por las partes intervinientes del presente juicio, tal como consta a los folios 167 al 168 del expediente, ambos inclusive, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del segundo Circuito Judicial del Estado sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y Suspende la Medida Ejecutiva de Embargo, decretada en fecha 22 de Febrero de 2.013, en el presente juicio, Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.-
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.-
Exp. N° 16.893.-
SGDM/Fvc/ecm.-
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