REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
Carúpano, 9 de Abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-000423
ASUNTO: RP11-P-2009-000423
Visto el escrito presentado por el Abg. Luís Felipe Leal, en su carácter de Defensor Privado, de la ciudadana Mariela Rosalía Acosta, mediante el cual solicita que deje sin efecto la Orden de Aprehensión decretado en contra de su defendida, este tribunal para decidir observa:
De la revisión del presente asunto se constata que en fecha 19 de Julio de 2012, el Tribunal Primero de Control, decretó Orden de Aprehensión en contra de la acusada de autos, en fecha 02 de septiembre de 2010, fue aprehendida y puesta a la Orden del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, quien le impuso de su deber de asistir al acto de audiencia preliminar decretándosele a la misma Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad.
Ahora bien en fecha 30 de septiembre de 2010, se ordenó al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Carúpano, que dejara sin efecto la Orden de Aprehensión librada en contra de la ciudadana Mariela Rosalía Acosta, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la Urb. Montalbán, Conjunto residencial Uslar, Edificio 03, Piso 04, Apartamento 44, Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº 7.320.961, a quien se le sigue el presente asunto por la comisión del delito de FALSIFICACIÓN Y ALTERACIÓN DE DOCUMENTO PRIVADO, en perjuicio del ciudadano JOSE DE LA CRUZ BRICEÑO, oficio que fue ratificado en fecha 21 de mayo de 2011, por lo que mal puede aducir la defensa que no le fue ordenado al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Carúpano, para que dejara sin efecto la orden de aprehensión, no obstante en aras de garantizar el derecho a la libertad de la acusada es por lo que se acuerda oficiar al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Carúpano, a los fines de que ordene lo conducente para que la ciudadana Mariela Rosalía Acosta, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la Urb. Montalbán, Conjunto residencial Uslar, Edificio 03, Piso 04, Apartamento 44, Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº 7.320.961, sea desincorporada del sistema SIIPOL. Así decide este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Notifíquese. Líbrese oficio.
La Jueza Segunda de Juicio
Abg. LOURDES SALAZAR SALAZAR
La Secretaria
Abg. Cruz Sulmira Espinoza
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