REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.
Cumanà 24 de septiembre del 2012
202º y 153º
ASUNTO: JMS1-S-3493-12
SOLICITANTES: JUAN CARLOS SALAZAR RODRIGUEZ y ANA KARINA ASTUDILLO DIAZ.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por la FUNACIÒN REGIONAL SUCRE “EL NIÑO SIMÒN” Abogada GEORFRELY JOSE MARQUEZ MARVAL, inscrita en el inpre bajo el Nº 108.380, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos JUAN CARLOS SALAZAR RODRIGUEZ y ANA KARINA ASTUDILLO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, con domicilio ambos en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre y titulares de las cédulas de identidad Nº 14.596.671 y 17.446.655, respectivamente, en relación a la HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de su hijo, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de ocho (08), años de edad, suscrito en fecha 10-08-2012, por ante ese despacho; se Admite la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, . Están de acuerdo con dicho convenio.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumaná a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre de 2012. 202º Años de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA
DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI L.
LA SECRETARIA
MEG/yulimar
|