REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, veintisiete de septiembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : RP31-L-2012-000177

PARTE ACTORA: YEINYS JOSE MARTINEZ BLANCO
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO SUR CARIBE FASE II Y PDVSA GAS
MOTIVO:COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Vista la diligencia presentada por el abogado RUBEN HERNANDEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nª 120.753, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano YEINYS JOSE MARTINEZ BLANCO, titular de la cédula de identidad Nro. 12.275.566, donde manifiesta que DESISTE del presente procedimiento, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión
La Jueza

Abg. Zoraida Lemus Romero


El Secretario


Abg. Teofilo Salazar