REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 12 de Septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-000698
ASUNTO: RP11-P-2012-000698

Recibida como ha sido la causa RP11-P-2005-005198 seguida contra el penado Francisco José Liporachi, titular de la cédula de identidad N° 14.976.041, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto en el artículo 414 del Código Penal en relación con el artículo 453 del Código Penal y por cuanto en este despacho se viene ventilando la presente causa RP11-P-2012-000698, seguida contra Francisco José Liporachi, titular de la cédula de identidad N° 14.976.041, por la comisión de los delitos de Violencia sexual en grado de tentativa previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Organica para la protección de niños, niñas y adolescentes, por cuanto estamos ante el supuesto de dos causas seguidas a un mismo penado, que en este caso es contra Francisco José Liporachi, habiéndose encontrado actualmente en la misma fase, Este Tribunal a los fines de garantizar la unidad del proceso, conforme a lo previsto en el artículo 70 numeral 4° en relación con los artículos 71 ordinal 1° y 73 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la acumulación a la presente causa del asunto RP11-P-2005-005198, por ser la causa seguida por el delito menos grave, para que sigan un mismo curso y así se decide. En consecuencia, se acuerda agregar el asunto acumulado y realizar la corrección de foliatura correspondiente y el cierre de piezas correspondiente, una vez ocurrido lo cual, se procederá a la acumulación de penas respectivas. Notifíquese al fiscal y la defensa, Cúmplase.
EL Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella.

La Secretaria.
Abg. Carol Muziotti.