REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 10 de Septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-001136
ASUNTO : RP01-P-2011-001136

En el día de hoy 10 de Septiembre de 2012, siendo las 3 pm se constituyó en la Sala de Audiencias Nº 05, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, el Tribunal Segundo de Juicio, integrado por la Juez ABG. CARMEN LUISA CARREÑO BETANCOURT, acompañada de la Secretaria Judicial de Sala ABG. DESIREE BARRETO SANTAELLA y el Alguacil JESÚS COLON, con el objeto de llevar a cabo la PUBLICACIÓN DEL TEXTO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA en la causa Nº RP01-P-2011-001136, seguida al acusado OSCAR MANUEL RAMOS SALAZAR, venezolano, de 24 años de edad, cédula de identidad V-25319040, natural de Cumaná, nacido en fecha 03/11/1988, residenciado en Guasimilla, caserío LA Florida, vía Paradero, casa sin numero, cerca de la carretera Municipio Montes, Estado Sucre; por hallarse incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Verificada la presencia de las partes con la asistencia de los Alguaciles de Sala, se deja constancia que se encuentra presente: el Fiscal 11 del Ministerio Público ABG. ROLNAR SANABRIA, la Defensor Pública Quinta ABG. MARIANA ANTON quien ejerce la Defensa Técnica del acusado y en este acto actúa en representación de la Defensoría Pública Cuarta, el acusado OSCAR MANUEL RAMOS previo traslado desde la Comandancia General de Policía; no compareciendo. Seguidamente se procede a dictar en texto íntegro de la sentencia definitiva donde este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta Sentencia Mixta, en los siguientes términos: Se declara CULPABLE al ciudadano OSCAR MANUEL RAMOS SALAZAR, venezolano, de 24 años de edad, cédula de identidad V-25319040, natural de Cumaná, nacido en fecha 03/11/1988, residenciado en Guasimilla, caserío LA Florida, vía Paradero, casa sin numero, cerca de la carretera Municipio Montes, Estado Sucre; por hallarse incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD a cumplir una pena definitiva de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Por último se ordena continúe la privación de libertad al condenado, ordenando mantener el sitio de reclusión donde actualmente se encuentra hasta tanto el tribunal de ejecución establezca lo propio. Se acuerdan las copias simples solicitadas por las partes. Cúmplase. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 3:15 PM.-
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. CARMEN LUISA CARREÑO BETANCOURT

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. ROLNAR SANABRIA
DEFENSOR PÚBLICO
ABG. MARIANA ANTON
ACUSADO
OSCAR MANUEL RAMOS SALAZAR


ALGUACIL
JESUS COLON


SECRETARIA JUDICIAL DE SALA
ABG. DESIREE BARRETO SANTAELLA