este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos, a los ciudadanos ÁLVARO LUÍS BOLAÑO BURIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.656.169, soltero, de profesión u oficio pescador, nacido en fecha 08/08/1.986, de 25 años de edad, hijo de Silvino Bolaños y Juana Oyer y residenciado en el Sector el Hueco, detrás de la bomba de gasolina, casa N° S/N, calle principal, de laminas de zinc, Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre, Estado Sucre y YEFERSON JOSÉ FLORES VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.843.339, soltero, de profesión u oficio comerciante, nacido en fecha 08/08/1.993, de 18 años de edad, hijo de Yaritza Blanco y Carlos Rengel y residenciado en el Sector el Hueco, detrás de la bomba de gasolina, casa N° S/N, calle principal, de laminas de zinc, Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre, Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, VEINTIDOS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por La comisión de los delitos de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal y LESIONES PERSONALES LEVES EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 esjudem, en perjuicio del ciudadano PEDRO RAFAEL GONZÁLEZ CHACÓN; pena ésta que cumplirá aproximadamente en el año dos mil dieciséis (2016). De la misma manera se le condena al pago de las costas procesales. Se acuerda librar boleta de encarcelación al Internado Judicial de esta ciudad con expresa indicación de la pena impuesta al ciudadano ÁLVARO LUÍS BOLAÑO BURIEL y YEFERSON JOSÉ FLORES VELÁSQUEZ