REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO SEGUNDO CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR
EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 20 de Septiembre de 2012.
Años: 202º y 153º.
Vista la diligencia que antecede así como su contenido, de fecha 17/09/12, presentada y suscrita por los Abogados Josmary Gutiérrez y Ramón Gómez Gómez, actuando con el carácter que tienen acreditados en autos en el presente asunto.- En tal sentido, este Juzgado para proveer hace la siguiente observación: Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que aun no consta en Autos las resultas de la notificación enviada a la Procuraduría General de la República según oficio Nº 116/12 de fecha 14 de Junio de 2012.- En tal virtud, este Tribunal Superior se abstiene de acordar lo solicitado por los diligenciantes. Y en consecuencia, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena notificar al referido Organismo a los fines de que emita su pronunciamiento con respecto a la solicitud de nulidad presentada por los diligenciantes.-
Líbrese Oficio de notificación anexándosele copias certificadas de los folios 300, 301, 302, 303, 304, 305, 318 y 319. Líbrese despacho al Juzgado de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, distribuidor de turno, para tales efectos.- Y con respecto a las copias solicitadas, se ordena expedir por Secretaria las copias Certificadas y entréguese a los solicitantes, previo cumplimiento de las formalidades de Ley. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ,
ABG. OSMAN R MONASTERIO B.-
LA SECRETARIA,
ABG. NORAIMA MARIN G.-
Nota: En esta misma fecha 20-09-2012, de dio cumplimiento a los ordenado en el auto que antecede.- Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. NORAIMA MARÍN G.-
Exp. 5748
ORMB/NMG.