REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 31 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: JMS1-S-3670-12
SOLICITANTE: JIMENEZ DE GUZMAN REINA MARGARITA
MOTIVO: CARGA FAMILIAR
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales de las testigos IRAIDA JOSEFINA URBANEJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.463.587, domiciliada en la Población de Munegro, Casa s/n Vía Cumana Cumanacoa del estado Sucre y la ciudadana: SALAZAR CABELLO ANNYE KARINE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.742.083, domiciliada en la Población de Munegro, Casa s/n Vía Cumana Cumanacoa del estado Sucre promovidas en la presente solicitud interpuesta por la ciudadana JIMENEZ DE GUZMAN REINA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.684.585, domiciliada en la Población de Munegro, casa s/n, Vía Cumana Cumanacoa del estado Sucre debidamente asistida de la Abg. Marisol Hernández en su carácter de Defensora Publica en materia de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en representación de su nieta la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de catorce (14) años de edad, titular de la cedula de identidad N° 26.721.305, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena que sea incluido en la CARGA FAMILIAR de la ciudadana JIMENEZ DE GUZMAN REINA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.684.585, domiciliada en la Población de Munegro, casa s/n, Vía Cumana Cumanacoa del estado Sucre en beneficio de su nieta la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de catorce (14) años de edad, titular de la cedula de identidad N° 26.721.305, asi mismo se ordena expedir tres (03) juegos de copias certificadas, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año Dos Mil Doce (2012).- Anos 202° de la Independencia y 153º de la Federación.-
La Jueza
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA,
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 9:00 a.m. LA SECRETARIA,
ASUNTO: JMS1-S-3670-12
SOLICITANTE: JIMENEZ DE GUZMAN REINA MARGARITA
MOTIVO: CARGA FAMILIAR
MEG/nai
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