REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 03 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: JMS1-S-3506-12
SOLICITANTE: CARVAJAL MARQUEZ ELYMAR MERCEDES
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS


Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de la ciudadana. CARVAJAL MARQUEZ ELYMAR MERCEDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.111.299, domiciliada en Brasil Sur, La Esperanza, Casa Nº 20 de Cumana, estado Sucre, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus RONMEL RAFAEL RODRIGUEZ RAMOS (D) quien era titular de la cedula de identidad N° 17.911.606, a favor de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) años y un (01) años de edad respectivamente Por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas constante de trece (13) folios útiles. Asi mismo la expedición de cinco (05) ejemplares del expediente integro. En Cumana a los tres (03) días del mes de octubre del Dos Mil Doce (2012). 202º Años de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza


ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI

LA SECRETARIA,
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 08:45 a.m.
LA SECRETARIA,

ASUNTO: JMS1-S-3506-12
SOLICITANTE: CARVAJAL MARQUEZ ELYMAR MERCEDES
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
MEG/luisa.-