REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumanà, 24 de Octubre de 2012.
202º y 153º


ASUNTO: JMS1-S-3684-12
PARTES: ELIZABETH MARIA VILLANUEVA Y JESUS ARMANDO LA ROSA.

MOTIVO: MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA DEFENSORIA PUBLICA EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE CUMANA ESTADO SUCRE.-

INSTITUCION FAMILIAR: REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diez (10) años de edad.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 25-07-2012, solicitud de homologación presentado por HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA DEFENSORIA PUBLICA EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos ELIZABETH MARIA VILLANUEVA Y JESUS ARMANDO LA ROSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V. 13.360.862 y 11.437.630, domiciliados en Urb. La Llanada, Sector N° 03, Av. 05, casa N° 88, Cumana, Estado Sucre, y el segundo domiciliado en Urb. Lomas de Ayacucho, Apto. N° 16, piso N° 02, Cumana, Estado Sucre, en relación a la REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diez (10) años de edad, suscrito en fecha 27-07-2012, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumanà, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El ciudadano JESUS ARMANDO LA ROSA, manifiesta que actualmente esta conviviendo con la madre de su menor hija; Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y esta suministrando diariamente la obligación de su hija, por lo que considera que no hace falta que se realicen los descuentos judiciales que fueron acordados según consta en sentencia de obligación de manutención (Exp. TP1.-4397-09), y que fueron ordenados a descontar directamente de su relación laboral ante la Empresa Coca-Cola FENSA C.A. En este mismo acto intervino la ciudadana ELIZABETH MARIA VILLANUEVA, quien manifestó que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hija y por cuanto están conviviendo nuevamente esta deacuerdo en solicitar que se deje sin efecto los descuentos que fueron acordados en la sentencia antes mencionada. Asimismo ambas partes solicitan se oficie a la Empresa Coca-Cola FENSA C.A, para que deje sin efecto los descuentos ordenados según oficio SJ-09-1801 de fecha 01-09-2009, solicitan se le autorice a la madre para hacer llegar personalmente el oficio a su destinatario. Líbrese oficio.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumanà a los veinticuatro (24) días del mes de Octubre del año Dos Mil Doce (2012).
LA JUEZA


Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria

La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 11:37 a.m.



La Secretaria


MEG/David.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: HOMOLOGACION DE REVISION
DE OBLIGACION DE MANUTENCION