REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Carúpano, 24 de Octubre de 2.012.-
202° y 153°

Vista la anterior diligencia de fecha Dieciocho (18) de Octubre de 2.012, suscrita por la Abogada en ejercicio LERIDA CASTAÑO, inscrita en el Inpreabogado con el N° 64.051 y de este domicilio, actuando en su carácter de autos, el cual DESISTE formalmente del presente procedimiento en contra de la Firma Personal NOVEDADES ISCARA.- En tal sentido este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente Homologación a dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En tal virtud, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SANCHEZ DUQUE.-

EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-

NOTA: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto anterior.- Y se archivó el expediente Constante de Veinticinco (25) folios útiles en el Cuaderno Principal y Dieciocho (18) folios útiles en el Cuaderno de Medidas.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-
EXP. N° 5.382.-
SSD/OG/tv.-