REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-007273
ASUNTO : RP01-P-2012-007273

AUTO ACORDANDO EXPEDIR ORDEN DE APREHENSIÓN
Recibe este Tribunal el día de hoy 16 de Octubre de 2012 actuaciones procesales a las cuales se le asignó según la nomenclatura interna de este Tribunal, el No. RP01-P-2012-007273 y junto con las actuaciones un escrito suscrito por la Fiscal Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, ABG. EFRAIN ANTONIO ARAUJO CONTRERAS, en la que se solicita ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los ciudadanos FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL.
HECHOS
En fecha 08 de septiembre de 2012, siendo aproximadamente las 05:00 de la tarde, en momentos que la victima: EDUARDO JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, se dirigía a la bodega ubicada en el sector la llanada calle principal del barrio cinco de junio sector cuatro, es interceptado por los ciudadanos: FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO, alias SACA TRIPA, y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL alias CARLITO MALANDRO, sacando a relucir el ciudadano MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL (alias carlito balandro), un arma de fuego y efectúa varios disparos que impactan en contra de la humanidad de la victima, cayendo esta al suelo, posteriormente el ciudadano: FIGUERA FIL LUIS GUSTAVO alias saca tripa, en vista del estado de indefensión de la victima quien se encontraba tendido en el suelo, gravemente herido, se baja del vehiculo en el que se desplazaban (moto) y realiza varios disparos en contra de la misma, lo que ocasiona su deceso.

Como resultado de las investigaciones se pudo obtener la identidad de los presuntos autores del hecho narrado, siendo este los ciudadanos conocido como: FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO, alias SACA TRIPA, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, nacido en fecha 25/07/1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario publico, oficial del IAPMS, titular de la cedula de identidad Nº V-23.433.670 y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL alias CARLITO MALANDRO, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, nacido en fecha 28/01/1990, titular de la cedula de identidad V-19.538.974, residenciado en la Urbanización la Llanada, sector 01, casa 14 Cumana Estado Sucre.

Continúa señalando el representante de la vindicta pública en su escrito, que se encuentran dados los requisitos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para que proceda la privación de Libertad solicitada, encuadrando la conducta desplegada por los ciudadanos FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL, por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 01 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano EDUARDO JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, (OCCISO) titular de la cedula de identidad 19.081.078.

Efectivamente quien aquí expone una vez analizadas las presentes actas procesal, observa que los hechos anteriormente señalados y los recaudos antes detallados, dan evidencia cierta, primeramente de la existencia de un hecho punible, que la representación fiscal en esta etapa de la investigación precalifica para los ciudadanos FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL, por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 01 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDUARDO JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, (OCCISO) titular de la cedula de identidad 19.081.078, precalificación que este despacho comparte, en virtud las circunstancias de cómo sucedieron los hechos, cubriéndose así los requisitos de exigencias previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.

Las circunstancias ampliamente detalladas, puestas a conocimiento de este Despacho con la solicitud de la vindicta pública, a criterio de quien decide, aportan los fundados elementos de convicción para estimar que los ciudadanos FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL, sean responsable en la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 01 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDUARDO JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, (OCCISO) titular de la cedula de identidad 19.081.078, por lo que tales recaudos, analizados armónicamente, constituyen, como ya se ha señalado, los fundados elementos de convicción que permiten a este Tribunal considerar, que se encuentran llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, ello en virtud de que se pone de manifiesto una presunción razonable de peligro de fuga, por la magnitud del daño causado, por el temor a la pena que se le pueda imponer y el peligro de obstaculización, influyendo para que testigos y expertos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente, aunado a ello los siguientes elementos de convicción, a saber:
1.- TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, realizada en fecha 08/09/12, por el funcionario Detective OYER JOSE, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas (folio 01)
2.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, realizada en fecha 08/09/12, por el funcionario Detective T.S.U JOSE RAFAEL OYER, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas (Folio 02)
3.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, realizada en fecha 08/09/12, por el RODRIGUEZ ARMELY, adscrito al C.I.C.P.C sub delegación cumaná (folio 03)
4.-INSPECCION Nº 2685, realizada en fecha 08/09/12, por el funcionario: VICENTE RIVERO y JOSE OYER, adscrito al C.I.C.P.C sub Delegación Cumaná Cumana (folio 06)
5.-INSPECCION Nº 2686, realizada en fecha 08/09/12, por el funcionario: VICENTE RIVERO y JOSE OYER, adscrito al C.I.C.P.C sub Delegación Cumaná Cumana (folio 07)
6. ACTA DE ENTREVISTA, realizada en fecha 08/09/12, por la ciudadana: NATACHA NAZARET RAMOS GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº 22.626.060.
7.- ACTA DE ENTREVISTA, realizada en fecha 11/09/12, por el ciudadano: GONZALEZ RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 8.653.678.
8.-ACTA DE INVESTIGACION PENAL, realizada en fecha 26/09/12, por el funcionario: Detective RODRIGUEZ LEAN, adscrito al C.I.CP.C Sub delegación Cumaná (folio 30)
9.-ACTA DE ENTREVISTA, realizada en fecha 11/09/12, por el ciudadano: GONZALEZ RODRIGUEZ ZENAIDA DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad Nº V-8.653.678.
10.-PROTOCOLO Nº A-444-12, realizada en fecha 09/09/12, por el funcionario: ALCIRA ZARAGOZA, adscrito al C.I.C.P.C.
11.-EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 564, realizada en fecha 27/09/12, por el funcionario: VICENTE RIVERO, adscrito al C.I.C.P.C Sub Delegación Cumana.
12.- MEMORAMDUM Nº 9700-174-SDC-1945, realizada en fecha 27 de septiembre de 2012, por el funcionario: VICENTE RIVERO, adscrito al C.I.C.P.C Sub Delegación Cumana.

DECISIÓN
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dada la solicitud de la Fiscal Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, ABG. EFRAIN ANTONIO ARAUJO CONTRERAS, y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. ACUERDA CON LUGAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada, en contra de los ciudadanos: FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, nacido en fecha 25/07/1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario publico, oficial del IAPMS, titular de la cedula de identidad Nº V-23.433.670 y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, nacido en fecha 28/01/1990, titular de la cedula de identidad V-19.538.974, residenciado en la Urbanización la Llanada, sector 01, casa 14 Cumana Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 01 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano EDUARDO JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, (OCCISO) titular de la cedula de identidad 19.081.078, en los términos siguientes: PRIMERO: Se acuerda librar orden de aprehensión a los ciudadanos FIGUERA GIL LUIS GUSTAVO, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, nacido en fecha 25/07/1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario publico, oficial del IAPMS, titular de la cedula de identidad Nº V-23.433.670 y MARVAL GUTIERREZ CARLOS RAFAEL, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, nacido en fecha 28/01/1990, titular de la cedula de identidad V-19.538.974, residenciado en la Urbanización la Llanada, sector 01, casa 14 Cumana Estado Sucre. SEGUNDO: Líbrese orden de Aprehensión a los Cuerpos de Seguridad a Nivel Nacional, a objeto de que dichos ciudadanos se tengan por requeridos por esta instancia Judicial, indicándose en la orden que una vez aprehendidos dichos ciudadanos, deberán ser puestos a la orden del Ministerio Público. Así se decide. Notifíquese la presente decisión al representante de la Fiscalía Primera del Ministerio Público. Líbrese lo ordenado. Cumplido lo anterior remítanse de inmediato las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público solicitante. Cúmplase.-
La Juez Sexto de Control,
ABG. Carmen Victoria Rivas
El Secretario,
ABG. YRIS CEDEÑO