REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 8 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001212
ASUNTO : RP01-P-2006-001212

AUTO QUE ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA

Vista la imposibilidad de realizar la audiencia preliminar fijada en la presente causa debido en parte a la incomparecencia del imputado a la Audiencia Preliminar fijada en la presente causa, este Tribunal estimo necesario la revisión de las actas procesales y del sistema IURIS 2000, a los fines de verificar las razones del retraso, constatándose que el imputado quedó efectivamente citado para comparecer a la audiencia preliminar fijada para el día 7-06-2011, 18-05-12 tal como puede apreciarse en la resulta de la boleta de notificación que riela en el folio 125 y 130, sin que el imputado hubiere hecho acto de presencia o presentare justificativo alguno para su inasistencia

Este Tribunal para decidir observa:

La circunstancia de que el imputado al haber sido citado no compareció al acto fijado, revela de su parte una conducta rebelde o contumaz que demuestra su intención de no someterse al proceso seguido en su contra lo que representa a criterio de quien aquí decide, obstaculización al proceso, que impide la búsqueda de la verdad y la realización de la justicia, en virtud de ello se estima que lo procedente y ajustado a derecho es ordenar la Captura del imputado de autos y así debe decidirse.

En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal PRIMERO De Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR CAPTURA ANGEL LUIS CARREÑO ARIAS, por la presunta comisión de uno de los delitos, el cual fue precalificado por el Ministerio Público como POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Líbrese oficios respectivos a los diferentes cuerpos de seguridad del estado. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL

ABG. JESSYBEL BELLO
LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. ROSSANNA HERNANDEZ