REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 01 de Noviembre del 2012
202º y 153º
ASUNTO Nº: JMS1-5920-12
DEMANDANTE: JIMENEZ JIMENEZ ENYERTHLI CAROLINA
DEMANDADO: VICENT ACUÑA LUIS EDUARDO
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
En fecha 19 de Septiembre del 2012 se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, de solicitud por OBLIGACION DE MANUTENCION incoada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico Abg Jesús Manuel Moya Marcano a requerimiento de la ciudadana: JIMENEZ JIMENEZ ENYERTHLI CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 19.239.837, domiciliada en el Tacal I, casa N° 39, Frente al Liceo del Tacal Juan Pablo Pérez Alfonso de Cumana estado Sucre, a favor de su hijo: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) años de edad. Dicha solicitud fue admitida y se ordeno la comparecencia de la parte para el día 01-11-12
Ahora bien siendo el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia preliminar, se dejo constancia de la no comparecencia de las partes JIMENEZ JIMENEZ ENYERTHLI CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 19.239.837 Y LUIS EDUARDO VICENT JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.775.867 declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se desestima el presente procedimiento.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.
La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.
Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Sede Cumaná, a los primeros (01) días del mes de Noviembre del año dos mil doce (2012). 202° años de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA
Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
LA SECRETARIA
La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 08:42. a.m.
LA SECRETARIA
MEGL/nai
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