REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 30 de Noviembre del 2.012
202° y 153°
Exp. N° 13.765
DEMANDANTE: HERBINA SALAZAR DE MARIN y
DOMINGA RAMONA SALAZAR,
titulares de las Cédulas de Identidad Nros.
1.914.532 y 2.663.659, respectivamente.
DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Guayacan de Las Flores, vereda 37
N° 4, Sector 2, Carúpano Estado Sucre.
APODERADO (S): CARMEN ROSA GAMBOA SALAZAR,
inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº
89.640.
DEMANDADO: EDGAR MARTÍNEZ, titular de la
Cédula de Identidad Nº 4.944.518.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
APODERADO: ROMULO URBANO LUIGGI,
CARMEN GUERRA SANCHEZ, inscritos en el
Inpreabogado bajo los Nros. 30.363 y 29.569,
respectivamente.
MOTIVO: ACCION REIVINDICATORIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. (Con fuerza de Definitiva).
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano EDGAR JOSÉ MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 4.944.518, parte demandada en el presente juicio, asistido por el Abogado en Ejercicio GUILLERMO TINEO GONZALEZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.733, y visto igualmente lo solicitado, se acuerda de conformidad. En consecuencia, por cuanto en fecha 17 de Febrero del año 2.011, el Tribunal dicto Sentencia Definitiva donde se Declaró Sin Lugar la Demanda, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dá por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Asimismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-am.-
Exp. N° 13.765.-
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