REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 19 de Noviembre de 2012
202° y 153°
Vista la diligencia anterior suscrita por el Abogado en ejercicio RAMON MARIN, suficientemente identificado en autos y con el carácter acreditado en los mismos, mediante la cual solicita al Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, se proceda a la Ejecución Forzosa y en consecuencia se comisione al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con el fin de que se practique la Medida de Embargo Ejecutiva correspondiente; se le dio cuenta a la Jueza Provisoria de la misma. En consecuencia, por cuanto el lapso concedido a la parte perdidosa para que efectuara el cumplimiento voluntario de la sentencia se encuentra vencido, este Órgano Jurisdiccional decreta la EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 03/05/2011, conforme a lo dispuesto en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil. En tal virtud, se decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre bienes propiedad de los demandados, hasta cubrir el monto de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS DOCE BOLIVARES (Bs. 19.412,oo); que comprende el monto condenado a pagar en sentencia por concepto de daños materiales; Para la práctica de la Medida Ejecutiva aquí decretada, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante oficio, facultándolo para que designe Depositario Judicial y Perito Avaluador y tomarles el Juramento de Ley respectivo. Líbrese Despacho de ejecución y oficio.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA.

LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. ROSELY PATIÑO RODRIGUEZ

Exp. N° 6946.08
MDAA/bmda.-