REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 13 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-002369
ASUNTO: RP11-P-2006-002369
Visto el oficio Nº 2287-12, suscrito por la Abg. Maria Carolina Zambrano, Juez de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, mediante el cual remite a este tribunal actuaciones relacionadas con el penado Giovanny José Tineo Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.862.816, a los fines de que se tramite a su favor la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente; este tribunal, pasa a resolver en los términos siguientes: de la revisión de la causa se evidencia que el penado Giovanny José Tineo Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.862.816; se encuentran cumpliendo la pena de siete (7) años, tres (3) meses y diez (10) días de prisión; más las accesorias de ley , por la comisión del delito de Homicidio Calificado en grado de frustración , previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Richard Reyes.
Así mismo se evidencia, que por auto de fecha 14 de Diciembre de 2010, este tribunal, concedió a favor del mismo la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo y se determino en el referido auto, que dicho penado tenía una pena legalmente cumplida de Cuatro (4) Años, Cuatro (4) Meses y Seis (6) Días, que sumados al tiempo transcurrido desde entonces, vale decir Un,(1), año, Diez,(10), meses y Veintinueve,(29), días, hacen un total de pena cumplida de Seis,(6), Años, Tres,(3), meses y Cinco,(5), días, tiempo que, ciertamente, excede tanto de las dos terceras como de las tres cuartas partes la pena impuesta, razón por la cual, este Tribunal Primero de Ejecución, para garantizar el principio de progresión en la aplicación de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena, acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, con sede en por la mar Estado Nueva Esparta, a los fines de que se practique la evaluación correspondiente al referido penado quien ya han agotado la porción de pena necesaria para optar por la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional. Así mismo se acuerda oficiar a la dirección del Internado Judicial de la Región Insular a los fines de que remita constancia de conducta actualizada, así como información sobre sitio de residencia a los fines de proveer sobre probabilidad de concesión de gracia de conmutación de pena por confinamiento. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luis Mariano Marsella.
La Secretaria.
Abg. Carol Muziotti.
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