REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO PRIMER CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑAS, ADOLESCENTES Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CUMANA, 14 DE NOVIEMBRE DE 2012
202º Y 153º
Visto el Escrito suscrito en fecha 07/11/12 por el abogado en ejercicio JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.657, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano JOSÉ VICENTE SALAZAR; mediante la cual desiste de la Apelación por él interpuesta en fecha 11/06/12, en contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 30/05/12 y por cuanto este desistimiento no resulta violatorio del orden publicó ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Asimismo ordena se remita el presente expediente al Tribunal de la causa en su oportunidad legal. Así se decide. Líbrese Oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niñas, Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los catorce (14) días del mes de Noviembre de 2.012. Años 202º de la Independencia y 153º de la federación.
EL JUEZ SUPERIOR
ABG. FRANK A. OCANTO MUÑOZ
LA SECRETARIA
ABG. NEIDA MATA
NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 11:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA
ABG. NEIDA MATA
EXPEDIENTE Nº 12-5026
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
MOTIVO: VÍA EJECUTIVA
(DESISTIMIENTO – SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN