REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, catorce (14) de Mayo del dos mil doce
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2012-000088
PARTE ACTORA: YAMILET DEL CARMEN RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ISMARIS ASTUDILLO
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT MIRAMAR
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
SENTENCIA
Dado a que el día de hoy once (11) de Mayo del dos mil doce, oportunidad fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, se dejo constancia de que no se hizo presente persona ni representación alguna por la parte actora ciudadana YAMILET DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nro. 13.631.644, ni por la parte demandada: RESTAURANT MIRAMAR. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez,
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL
La secretaria,
Abg. Orfelina Reyes
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