CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
JUZGADO DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE
Carúpano, 15 de mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2010-000211
ASUNTO: RP11-D-2010-000211
AUTO DECLARANDO CON LUGAR LA RATIFICACIÓN DE LA MEDIDA
Realizada la audiencia de revisión de medida en el presente asunto seguido a la joven Omissis, por la comisión del delito de: Ocultamiento De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, contemplado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad; Y Falsa Atestación Ante Funcionario Publico, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, en la cual la defensora pública Abg. Rosa Moya. Solicitó en virtud del tiempo que le falta por cumplir y como el fin de la ley especial es lograr que el adolescente internalice el problema en el que fue involucrado, es por lo que solicito la ratificación de la medida, solicito copias de la presente acta, y la representación fiscal quien no se opuso a la pretensión de la defensa, solicito copias simples. Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
Primero; En fecha 17/11/10 fue sancionado al cumplimiento sucesivo de las medidas de Libertad Asistida e Imposición De Reglas De Conducta por el lapso de un (01) año y seis (06) meses, siendo ejecutada el 28/07/11, se impuesta en fecha 11/10/11 quedando obligada al cumplimiento de Un (01) año, cinco (05) meses y veintinueve (29) día, de las medidas de libertad asistida e imposición de reglas de conducta
Segundo: La sancionada hasta la presente fecha ha cumplido el lapso de siete (07) meses y cuatro (04) días de las medidas impuestas, faltándole por cumplir el lapso de diez (10) meses y veinticinco (25) días.
Tercero: en el informe social, se concluye que la adolescente esta acondicionada a actuar libremente, con escaso control de sus acciones, motivado a un estilo de vida desorientado, por lo que a su corta edad, dio inicio a la función sexual...en la actualidad tiene nueva pareja con la cual se ha mantenido hasta el momento de la última evaluación…se encuentra cursando estudios, y con respecto a esto se percibe motivada, e interesada en seguir su preparación académica. Esta es una adolescente que ha pesar de haberse manejado en su entorno con decisiones propias, y sin ningún tipo de control y normas, muestra una actitud infantil, por su percepción ingenua de la vida, además de su escasa asertividad y madurez para manejar sus emociones, por lo que fácilmente es sugestionable.
Cuarto: Tomando en cuenta que de conformidad con lo previsto en el artículo 629 de la Ley Orgánica para la protección de niños niñas y adolescentes, la ejecución de las medidas tiene por objeto lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y con su entorno social, considera quien decide que ratificarse el cumplimiento de las medidas impuestas a la adolescente, a los fines de lograr un mayor desarrollo y desempeño de los objetivos planteados, ya que requiere ser evaluada a profundidad por el equipo técnico, a los fines de que pueda tener un plan de vida que la oriente en la consecución de objetivos particulares de provecho para su persona.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley 1.- ratifica las medidas de libertad asistida y reglas de conducta impuestas a la joven Omissis, por la comisión del delito de: Ocultamiento De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, contemplado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad; Y Falsa Atestación Ante Funcionario Publico, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, por el tiempo que le falta por cumplir de diez (10) meses y veinticinco (25) días, que vencen el 10/04/13 2.- con lugar las copias solicitadas Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Laimalia Moya
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