REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.


ASUNTO: JMS1-S-2862-12
PARTES: LUIS JESUS BRUZUAL MARQUEZ y
VILSSUSNEIDA DAYANA OLIVEROS CORONADO
MOTIVO: HOMOLOGACION POR REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, INTERPUESTA POR LA DEFENSORIA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, FUNDACIÓN REGIONAL “EL NIÑO SIMÓN SUCRE”, en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) años de edad.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de Homologación presentado por la DEFENSORIA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, FUNDACIÓN REGIONAL “EL NIÑO SIMÓN SUCRE”, con SEDE CUMANA, ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos: LUÍS JESÚS BRUZUAL MÁRQUEZ y VILSSUSNEIDA DAYANA OLIVEROS CORONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.447.664 y V-16.313.060 respectivamente, con domicilio el primero en Tronconal 3ro., Barcelona, Estado Anzoátegui y la segunda en la calle Corazón de Jesús cerca del Módulo Médico Barrio Adentro, Cumaná, Estado Sucre, en relación a la REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) años de edad, suscrito en fecha 16-03-2012, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano LUÍS JESÚS BRUZUAL MÁRQUEZ, tendrá un Régimen de Convivencia Familiar abierto y los fines de semanas alternados, siendo estos días los sábados y domingo, además establecen de mutuo acuerdo compartir en los periodos vacacionales, decembrinas, semana santa y carnavales, en la misma cantidad de días para ambos padres, este señalamiento a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En este mismo acto interviene la ciudadana VILSSUSNEIDA DAYANA OLIVEROS CORONADO, quien manifestó estar de acuerdo con el convenimiento celebrado. Las partes intervinientes acuerdan que el presente documento sea enviado al Juez de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para la Homologación, a los fines de que surta los mismos efectos que una sentencia definitiva.

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los veintisiete (27) días del mes de marzo de 2012.- Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación.

LA JUEZA


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 9:30 p.m.



La Secretaria





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