REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE EN CUMANÁ.

Cumaná, 13 de marzo de 2012
201º y 153º


ASUNTO: JMS1-S-1716-11
SOLICITANTE: VIDALINA MATA
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE BIENES

Vista la diligencia estampada por la ciudadana VIDALINA MATA, titular de la cédula de identidad Nº 8.628.062, asistida de la Abogada LIGIA GAMBOA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 111.313, en la cual solicita se le haga entrega de la cantidad de Bs. 2.134,42, y dada cuenta a la Jueza de la misma, este Tribunal para proveer lo solicitado observa que con la cantidad antes mencionada se ordenó la apertura de una cuenta de ahorros en la entidad bancaria Bicentenario. Banco Universal cuyo número de cuenta es 0175-0081-30-0060891369 a nombre de la ciudadana Vidalina Mata, en ese sentido, se ordena hacerle entrega de la libreta de ahorros y de la autorización para retirar el monto total que posee dicha cuenta y la cancelación de la misma y en vista que no existe ninguna razón para que el presente asunto permanezca en este Tribunal, se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el cierre de la causa y el archivo del expediente. Cúmplase. (Fdo) La Jueza ,Abg. María Eugenia Graziani. La Secretaria (fdo) Abogada Luisa Márquez. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los Trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Doce (2012). Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.



La Secretaria


Abg. LUISA MÁRQUEZ





MEGL/Alicia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA