LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RÍO CARIBE, 28 DE MARZO del 2.012
201° Y 152°
Exp. Nº 119-2010.-

SOLICITANTE: CRUZ ANTONIO GONZALEZ GARCIA………………………….
……………………………………Titular de la Cédula de Identidad N°V- …………………… ……………Nº V-17.955.624
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO

APODERADO: NO CONSTITUYO

MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO

SENTENCIA: DEFINITIVA


En fecha 20 de Mayo del año 2.010, compareció por ante este Juzgado el ciudadano CRUZ ANTONIO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, y con domicilio en el Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad N°.V-17.955.624, Asistido por el abogado en ejercicio JOSE LUIS MEDINA SUCRE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.857.845, I.P.S.A N°.65.360, a los fines de promover El Título Suficiente de Propiedad y Posesión (Título Supletorio) sobre un bien mueble constante un vehículo automotor, cuyas características son las siguientes: CLASE: Automóvil; TIPO: Sedan; MARCA: Chevrolet; MODELO: Malibú; AÑO: 1979; SERIAL DE CARROCERIA: 1T19MJV206884, SERIAL DEL MOTOR: MJV206884, PLACA: ACK-390, COLOR: Beige; CINCO PUESTOS, USO: particular. En fecha 20 de Mayo del año 2.010, se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el primer día de despacho al de hoy, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos. En fecha 20 de Mayo del año 2.010, se remitió en 06 Folios útiles copias certificada las actuaciones al Jefe de la oficina Regional del Instituto Nacional De Transito y Trasporte Terrestre Carúpano Estado Sucre según oficio 3030-175.
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de ley, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor del ciudadano CRUZ ANTONIO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, y con domicilio en el Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad N°.V-17.955.624; sobre un bien mueble vehículo automotor, cuyas características son las siguientes: CLASE: Automóvil; TIPO: Sedan; MARCA: Chevrolet; MODELO: Malibú; AÑO: 1979; SERIAL DE CARROCERIA: 1T19MJV206884, SERIAL DEL MOTOR: MJV206884, PLACA: ACK-390, COLOR: Beige; CINCO PUESTOS, USO: particular. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los veintiocho (28) días del mes de Marzo del dos mil doce (2.012).- Años 201° de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez Provisorio,

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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO

El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Nota: En esta misma fecha 28/03/2012, se publicó la anterior Sentencia, siendo las 11:00 de la Mañana.-

El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ


Exp. Nº.119/2010.-
LAH/gg.